SECRETARÍA DE CULTURA
Resolución 227/2026
RESOL-2026-227-APN-SC
Ciudad de Buenos Aires, 01/04/2026
VISTO el Expediente N° EX-2026-24820224- -APN-DGDYD#SC, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92) y sus respectivas normas
modificatorias, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas
de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, la Ley de Presupuesto
General de la Administración Nacional N° 27.798, los Decretos Nros.
2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios,
50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 958 del 25 de
octubre de 2024, 60 del 4 de febrero de 2025, 934 del 31 de diciembre
de 2025, la Decisión Administrativa N° 176 del 3 de abril de 2024, la
Decisión Administrativa N.º 1 de fecha 19 de enero de 2026, y la
Resolución de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
Nº 704 de fecha 17 de noviembre de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 27.798 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio Fiscal 2026.
Que mediante la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 19 de enero de
2026 se distribuyeron los recursos y los créditos presupuestarios para
dar inicio a la ejecución del Ejercicio Fiscal 2026.
Que por el Decreto 50/19 y sus modificatorios quedó conformada la
estructura organizativa de la Secretaría de Cultura de la Presidencia
de la Nación.
Que mediante Decisión Administrativa Nº 176/24, se designó con carácter
transitorio, a partir del 1 de enero de 2024 y por el término de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles, al licenciado Gastón Leonardo PULERO (CUIL
Nº 20- 33479689-3), en el cargo de Director Nacional de Integración
Federal y Cooperación Internacional Cultural dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y DESARROLLO CULTURAL de la SECRETARÍA DE
CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que mediante Resolución SC Nº 704/25, se prorrogó con carácter
transitorio, a partir del partir del 27 de junio de 2025 y por el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al licenciado Gastón
Leonardo PULERO (CUIL Nº 20 - 33479689-3), en el cargo de Director
Nacional de Integración Federal y Cooperación Internacional Cultural
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y DESARROLLO CULTURAL de la
SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que por el Decreto Nº 958/24 se estableció que corresponde al JEFE DE
GABINETE DE MINISTROS, a los Ministros, a los Secretarios de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los
Vicejefes de Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en sus
respectivos ámbitos, efectuar y/o prorrogar las designaciones
transitorias de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las
estructuras organizativas vigentes, en el ámbito de la Administración
Pública Nacional, centralizada y descentralizada, incluyendo las que
correspondan a los organismos descentralizados que funcionen en su
órbita.
Que, en el mismo sentido, en virtud del inciso d) del artículo 2° del
Decreto N° 934/25 se exceptuó de la prohibición genérica de efectuar
designaciones y/o contrataciones de personal de cualquier naturaleza, a
las prórrogas de tales designaciones transitorias y de contratos.
Que la prórroga de la designación transitoria que se disponga no podrá exceder el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.
Que no habiéndose efectuado la correspondiente convocatoria al proceso
de selección y siendo que los funcionarios continúan prestando
servicios, razones operativas hacen necesario prorrogar las mencionadas
designaciones transitorias.
Que la Dirección de Presupuesto y Contabilidad de la Dirección General
de Administración de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa de
la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, certificó la
existencia de crédito presupuestario para afrontar el gasto de la
presente medida.
Que las áreas técnicas competentes del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y
TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO han tomado la intervención de su competencia.
Que ha tomado intervención la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA de esta SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN, ha tomado la intervención que le compete conforme lo
establecido por el artículo 18 del Decreto N° 993 del 6 de noviembre de
2024.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 2º del Decreto Nº 958/24.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CULTURA
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Dase por prorrogada, a partir del 21 de marzo de 2026 y
por el término de 180 (CIENTO OCHENTA) días hábiles, la designación
transitoria del funcionario Gastón Leonardo PULERO (CUIL Nº
20-33479689-3), en el cargo de Director Nacional de Integración Federal
y Cooperación Internacional Cultural dependiente de la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN Y DESARROLLO CULTURAL de la SECRETARÍA DE CULTURA de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel A – Grado 0 del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y
complementarios, autorizándose el correspondiente pago de la Función
Ejecutiva I con carácter de excepción respecto a las disposiciones del
artículo 14 de dicho Convenio.
ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en la presente medida, deberá ser
cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según
lo establecido, respectivamente, en el Título II -Capítulos III, IV y
VIII- y el Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), dentro del
plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 21 de
marzo de 2026.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la
Jurisdicción 20 - PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Subjurisdicción 14 -
SECRETARÍA DE CULTURA.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO
Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL
ESTADO, dentro de los CINCO (5) días de su publicación, conforme lo
dispuesto por el artículo 3° de la Resolución N° 20/24 del mentado
Ministerio.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido.
Leonardo Javier Cifelli
e. 07/04/2026 N° 20293/26 v. 07/04/2026