ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 110/2026
RESFC-2026-110-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 09/04/2026
VISTO el Expediente EX-2026-22469280-APN-DGA#APNAC del registro de la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, la Ley Nº 22.351, y sus
modificatorias, el Decreto N° 647 de fecha 16 de septiembre de 2022, la
Resolución Conjunta de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el Presidente del Directorio de La
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES RESFC-2023-9-APN-APNAC#MAD de
fecha 14 de abril de 2023, y las Resoluciones del Directorio
RESFC2023-266-APN-D#APNAC de fecha 21 de abril de 2023 y
RESFC-2025-37-APN-D#APNAC de fecha 21 de febrero de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 647 de fecha 16 de septiembre de 2022, se
homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del CUERPO DE
GUARDAPARQUES NACIONALES de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales, acordado en las
Actas Acuerdo de fechas 21 de junio y 21 de julio, ambas de 2022,
obrantes en el Anexo IF-2022-77228023-APN-DNRYRT#MT, por el que se
estableció un nuevo régimen de carrera para dicho personal.
Que conforme lo dispuesto en el Artículo 29 del Anexo
IF-2022-77228023-190-APN-DNRYRT#MT al Decreto Nº 647/2022, mediante la
Resolución Conjunta de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el Presidente del Directorio de la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES RESFC-2023-9-APN-APNAC#MAD, se
aprobó el “Régimen de Selección para el ingreso al “Agrupamiento de
Conservación Territorial” y al “Agrupamiento Técnico del CUERPO DE
GUARDAPARQUES NACIONALES”.
Que por el Artículo 39 de la referida Resolución, se estableció que “El
curso de habilitación para el Agrupamiento Técnico del Cuerpo de
Guardaparques Nacionales tendrá una duración no menor a NUEVE (9)
meses, sobre la base de UN (1) Plan de Estudios de TRES (3) trimestres,
cuya aprobación, junto con el régimen de calificaciones, condiciones de
cursado, asistencia y disciplina de los cursos serán establecidas por
Resolución de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.”.
Que, consecuentemente, mediante la Resolución del Directorio
RESFC-2023-266-APN-D#APNAC de fecha 21 de abril de 2023, se aprobó el
Plan de Estudios del Curso de habilitación para el “Agrupamiento
Técnico” y el Régimen de calificaciones, condiciones de cursado,
asistencia y disciplina del Curso de habilitación para el “Agrupamiento
de Conservación Territorial” y para el “Agrupamiento Técnico”.
Que la Resolución del Directorio RESFC-2025-37-APN-D#APNAC de fecha 21
de febrero de 2025, rectificó el Plan de Estudios del Curso de
habilitación citado.
Que mediante la Nota NO-2026-24577714-APN-D#APNAC, el Presidente del
Directorio de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES instruyó a la
Dirección General de Recursos Humanos a revisar el contenido del Plan
de Estudios precitado en función de los lineamientos de gestión.
Que, en cumplimiento de dicha instrucción, la Dirección General de
Recursos Humanos elaboró una propuesta de modificación al régimen de
calificaciones, condiciones de cursado, asistencia y disciplina,
contenida en el Anexo IF-2026-35233665-APN-DGRH#APNAC, así como un
nuevo Plan de Estudios del Curso de Habilitación para el Agrupamiento
Técnico, contenido en el Anexo IF-2026-35233776-APN-DGRH#APNAC.
Que se requirió la intervención de la Dirección Nacional de
Operaciones, en el ámbito de su competencia, respecto de las
modificaciones propuestas.
Que la Dirección Nacional de Operaciones se ha expedido mediante el
IF-2026-35479851-APN-DNO#APNAC formulando consideraciones respecto de
las modificaciones propuestas.
Que las consideraciones formuladas fueron recepcionadas y analizadas
por la Dirección General de Recursos Humanos, incorporándose los
ajustes correspondientes mediante los documentos
IF-2026-35502450-APN-DGRH#APNAC e IF-2026-35502425-APN-DGRH#APNAC.
Que, en consecuencia, corresponde en esta oportunidad modificar el Plan
de Estudios aprobado por el Artículo 1º de la Resolución del Directorio
RESFC-2025-37-APN-D#APNAC, y el Régimen de Calificaciones, Condiciones
de Cursado, Asistencia y Disciplina del Curso de Habilitación para el
Agrupamiento de Conservación Territorial y Agrupamiento Técnico del
CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES aprobado por el Artículo 3º de la
Resolución del Directorio RESFC-2023-266-APN-D#APNAC.
Que la Dirección Nacional de Operaciones y las Direcciones Generales de
Recursos Humanos y de Asuntos Jurídicos han tomado las intervenciones
de sus competencias.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el Artículo 23, incisos f), i) y u) de la Ley Nº 22.351.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyase el Anexo IF-2025-19279942-APN-DGRH#APNAC que
contiene el Plan de Estudios del Curso de habilitación para el
“Agrupamiento Técnico” del CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES, que
fuere aprobado en el Artículo 1º de la Resolución del Directorio
RESFC-2025-37-APN-D#APNAC, por el Anexo IF-2026-35502450-APN-DGRH#APNAC
que forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Sustitúyase el Anexo IF-2023-44284954-APN-DCYD#APNAC que
contiene el Régimen de Calificaciones, Condiciones de Cursado,
Asistencia y Disciplina del Curso de Habilitación para el “Agrupamiento
de Conservación Territorial” y para el “Agrupamiento Técnico” del
CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES que fuere aprobado en el Artículo de
la Resolución del Directorio RESFC2023-266-APN-D#APNAC, por el Anexo
IF-2026-35502425-APN- DGRH#APNAC, que forma parte integrante de la
presente.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Maria Victoria Haure - Ricardo Botana - Guillermo Eduardo Diaz Cornejo - Pablo Ciocchini - Sergio Martin Alvarez
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 13/04/2026 N° 22186/26 v. 13/04/2026
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)