ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 112/2026
RESFC-2026-112-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 09/04/2026
VISTO el Expediente EX-2026-32144331-APN-DGA#APNAC del registro de la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, las Leyes Nros. 22.351 de Parques
Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales y sus
modificatorias y Nº 27.798 de Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2026, el Decreto N° 647 de fecha 16 de
septiembre de 2022, las Decisiones Administrativas Nros. 1 de fecha 19
de enero de 2026, 1.057 de fecha 20 de octubre de 2022, la Resolución
Conjunta de la entonces Secretaría de Gestión y Empleo Público y
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES RESFC-2023-9- APN-APNAC#MAD de
fecha 14 de abril de 2023, la Resolución RESFC-2026-110-APN-D#APNAC del
Directorio de fecha 9 de abril de 2026, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 27.798 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2026.
Que por el Decreto Nº 647 se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Cuerpo de Guardaparques Nacionales de la ADMINISTRACIÓN
DE PARQUES NACIONALES entre el Estado Empleador y los Sectores
Gremiales, acordado en las Actas Acuerdo de fechas 21 de junio y 21 de
julio, ambas de 2022, obrantes en el Anexo
IF-2022-77228023-APN-DNRYRT#MT, por el que se establece un nuevo
régimen de carrera para dicho personal.
Que el Artículo 29 del referido Convenio, indica que el régimen de
selección para el ingreso a la carrera y la promoción de categorías en
los Agrupamiento Técnico y Agrupamiento de Conservación Territorial,
será establecido por el Estado empleador de conformidad con lo
dispuesto en el Capítulo III del Título VI del Convenio Colectivo de
Trabajo General, previa consulta a las entidades sindicales signatarias.
Que dicho Convenio estableció un nuevo régimen de carrera que comprende
DOS (2) Agrupamientos y diferentes categorías escalafonarias según el
tipo de función o puesto de trabajo, a saber, Agrupamiento Técnico y
Agrupamiento de Conservación Territorial.
Que por la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 19 de enero de 2026 se
determinaron los Recursos y Créditos Presupuestarios correspondientes a
la Ley N° 27.798 de Presupuesto General de la Administración Nacional
para el Ejercicio 2026.
Que al efecto de continuar con el proceso de incorporación continuo del
personal Guardaparques a las distintas Áreas Protegidas, resulta
necesario realizar un nuevo llamado a convocatoria al proceso de
selección y llamado a inscripción de postulantes para la cobertura de
CUARENTA (40) vacantes del Agrupamiento Técnico del Cuerpo de
Guardaparques Nacionales, Categoría GT-2.
Que conforme con lo indicado en el Artículo 29 del Anexo
IF-2022-77228023-APN-DNRYRT#MT al Decreto Nº 647/2022, mediante la
Resolución Conjunta de la Secretaría de Gestión y Empleo Público y la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES RESFC-2023-9-APN-APNAC#MAD de
fecha 14 de abril de 2023, se aprobó el “RÉGIMEN DE SELECCIÓN PARA EL
INGRESO AL AGRUPAMIENTO DE CONSERVACIÓN TERRITORIAL Y AL AGRUPAMIENTO
TÉCNICO DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES”.
Que de acuerdo con lo establecido en el Artículo 39 del “RÉGIMEN DE
SELECCIÓN PARA EL INGRESO AL AGRUPAMIENTO DE CONSERVACIÓN TERRITORIAL Y
AL AGRUPAMIENTO TÉCNICO DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES” ,
mediante el Artículo 1 de la Resolución RESFC-2026-110-APN-D#APNAC del
Directorio de fecha 9 de abril de 2026 se aprobó la Currícula Teórica –
Práctica (Plan de Estudios) correspondiente a la ETAPA 6 del referido
Régimen de Selección denominada “CURSO DE HABILITACIÓN PARA
AGRUPAMIENTO TÉCNICO DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES”.
Que resulta necesario dar inicio al proceso de Selección para el “CURSO
DE HABILITACIÓN PARA AGRUPAMIENTO TÉCNICO” con el objeto de seleccionar
postulantes para ocupar CUARENTA (40) cargos de la categoría
Guardaparque GT-2 del Cuerpo de Guardaparques Nacionales.
Que a fin de sustanciar el procedimiento correspondiente, para la
cobertura de los cargos mencionados, conforme los Artículos 8° y 14 del
precitado Régimen de Selección, resulta necesario integrar el Comité de
Selección y designar el Coordinador Concursal y su Alterno.
Que por su parte la Coordinación Concursal tiene entre sus
responsabilidades, las de impulsar el proceso de selección para
concluirlo dentro de los plazos previstos, labrar el acta en ocasión de
la Evaluación de Antecedentes de Formación y Laborales y coordinar las
acciones necesarias para la consecución de las etapas del proceso.
Que en tal sentido y conforme a lo dispuesto en la referida Resolución
del Directorio RESFC-2023-9-APN-APNAC#MAD, de fecha 14 de abril de
2023, en su Artículo 5°, la convocatoria y el llamado a inscripción
deben ser publicados por el término de UN (1) día en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, en la Cartelera Pública Central de Ofertas
de Empleo Público de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y en las
Carteleras disponibles en cada una de las sedes de la ADMINISTRACIÓN DE
PARQUES NACIONALES.
Que las Direcciones Generales de Administración, de Recursos Humanos y
de Asuntos Jurídicos han tomado las intervenciones de sus competencias.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el Artículo 23, inciso f), u) e y) de la Ley Nº 22.351.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Iníciese el proceso de selección para la cobertura de
CUARENTA (40) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente,
Categoría Guardaparque GT-2 del Agrupamiento Técnico del Cuerpo de
Guardaparques Nacionales de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES,
organismo descentralizado actuante en la órbita de la Secretaría de
Turismo y Ambiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, detallados
en el Anexo IF-2026-32718597-APN-DGRH#APNAC, que forma parte integrante
de la presente medida, de conformidad con el Régimen de Selección para
el ingreso a la Planta Permanente del Agrupamiento de Conservación
Territorial y al Agrupamiento Técnico del Cuerpo de Guardaparques
Nacionales.
ARTÍCULO 2°.-Determínase que el proceso de selección para la cobertura
de los cargos del Agrupamiento Técnico del Cuerpo de Guardaparques
Nacionales Categoría Guardaparque GT-2, será realizado por convocatoria
abierta y mediante el Régimen de Selección para el ingreso a la Planta
Permanente del Agrupamiento de Conservación Territorial y al
Agrupamiento Técnico del Cuerpo de Guardaparques Nacionales, aprobado
por el Artículo 1° de la Resolución Conjunta de la Secretaría de
Gestión y Empleo Público y ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESFC-2023-9-APN-APNAC#MAD, de fecha 14 de abril de 2023, conforme lo
establecido en los Considerandos de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Desígnanse a los integrantes del Comité de Selección para
la cobertura de los cargos mencionados en el Artículo 1° de la presente
a las personas que figuran en el Anexo IF-2026-35228138-APN-DGRH#APNAC,
de acuerdo con lo previsto en el Artículo 8° del Régimen de Selección
aprobado, cuyos antecedentes laborales y de formación se encontrarán
disponibles en la página web de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
ARTÍCULO 4°.- Designase a la Licenciada Melina Soledad CERVINI (DNI N°
32.830.088) como Coordinadora Concursal Titular y al Sr. Martín Daniel
LORGE (DNI N° 33.257.545) como Coordinador Concursal Alterno para los
Comités creados a estos efectos.
ARTÍCULO 5°.- Invítase a la UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN
(UPCN) y a la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE), para que
designen a sus veedores en los términos de los Artículos 4° y 17 del
Reglamento aprobado por la Resolución mencionada ut supra.
ARTÍCULO 6°.- Determínase que por el Departamento de Mesa General de
Entradas, Salidas y Notificaciones se notifique en legal forma a la
UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (UPCN), y a la ASOCIACIÓN DE
TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE) y al MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y
TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO. Cumplido, y con las debidas constancias,
gírense las actuaciones a la Dirección General de Recursos Humanos a
sus efectos.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Maria Victoria Haure - Ricardo Botana - Guillermo Eduardo Diaz Cornejo - Pablo Ciocchini - Sergio Martin Alvarez
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 13/04/2026 N° 22210/26 v. 13/04/2026
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)