Secretaría de Industria, Comercio y Minería

IMPORTACIONES

Resolución 753/97

Otórgase el beneficio establecido por la Resolución Nº 502/95-MEYOSP a la importación de bienes integrantes de un proyecto presentado por Cerámica Alberdi S.A.

Bs.As., 11/8/97

B.O.: 15/08/97

VISTO el Expediente Nº 061-001255/96 del Registro del MlNISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y,

CONSIDERANDO.

Que la firma CERAMICA ALBERDI S.A. ha solicitado los beneficios establecidos en el "Régimen de Proyectos para la Instalación de Nuevas Plantas Industriales" conforme a la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 502 de fecha 7 de noviembre de 1995 para la importación de equipamiento adquirido a la firma SOCIETA IMPIANTI TERMOELECTRICI INDUSTRIALI S.p.a. de la Ciudad de NOVARA, REPUBLICA ITALIANA

Que el proyecto de inversión presentado corresponde a una ampliación de la planta que la empresa tiene instalada en JOSE C. PAZ - PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y tendrá por objeto la manufactura de cerámicos esmaltados para revestimientos.

Que CERAMICA ALBERDI S.A. adquirió el compromiso de obtener una certificación de norma internacional de calidad mediante un acuerdo establecido con un certificadora de calidad acreditada a tal fin.

Que asimismo, la firma mencionada ha asumido el cumplimiento de un programa de exportación de los bienes a elaborar, de acuerdo a las condiciones previstas por la Autoridad de Aplicación, según el Articulo 9º de la Resolución ex-S.C. e I. Nº 318 de fecha 26 de diciembre de 1995.

Que se cuenta con un informe favorable emitido por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), quien dictaminó sobre el proyecto determinado que el mismo concuerda con la reglamentación vigente.

Que del análisis efectuado surge que la línea a importar encuadra dentro de los objetivos fijados por la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 502 de fecha 7 de noviembre de 1995 y que se ha dado cumplimiento con los requisitos establecidos por la Resolución ex-S.C. e I. Nº 318 de fecha 26 de diciembre de 1995.

Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la intervención que le compete, opinando que la medida propuesta resulta legalmente viable.

Que la presente se dicta conforme a lo previsto por el Artículo 6º de la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 502 de fecha 7 de noviembre de 1995 y el Decreto Nº 1450 de fecha 12 de diciembre de 1996.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:

Artículo 1º-Considérase sujeta al beneficio establecido por los Artículos 2º y 8º de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 502 de fecha 7 de noviembre de 1995 la importación de bienes integrantes del proyecto presentado por la firma CERAMICA ALBERDI S.A., consistente en una ampliación de planta para la manufactura de cerámicos esmaltados, cuya descripción de bienes se detalla en el Anexo I que en SIETE (7) planillas forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2º-Atento a lo requerido por el Artículo 5º del Inciso a) de la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 502 de fecha 7 de noviembre de 1995 la firma deberá dar cumplimiento en el plazo establecido en el Artículo 12 de la Resolución ex-S.C. e I. Nº 318 de fecha 26 de diciembre de 1995 para la presentación del correspondiente certificado de norma internacional de calidad.

Art. 3º-El incumplimiento por la beneficiaria de los objetivos establecidos en el proyecto de inversión para la mencionada planta y/o de los límites para importación de repuestos estipulados en el Artículo 2º de la Resolución del M.E. y 0. y S.P. Nº 502 de fecha 7 de noviembre de 1995 y/o de la presentación del certificado de norma internacional de calidad y/o el compromiso de exportación, dará lugar a la aplicación del Artículo 13 de la Resolución M.E. y 0. y S.P. Nº 502 de fecha 7 de noviembre de 1995. Dichas sanciones serán aplicables también en el caso de comprobarse que el acreedor del beneficio hubiere incurrido en la situación prevista en el Artículo 15 de la Resolución M.E. y 0. y S.P. Nº 502 de fecha 7 de noviembre de 1995.

Art. 4º-A través de la DIRECCION DE PROMOCION DE LAS EXPORTACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR notifíquese a la interesada.

Art. 5º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Alieto A. Guadagni.

NOTA: EL ANEXO I A LA RESOLUCION Nº 753 PUEDE HALLARSE EN EL B.O. DEL 15/8/97 PAG 11 y 12.