Subsecretaría de Industria

INDUSTRIA AUTOMOTRIZ

Disposición 28/97

Modificase la Resolución Nº 31G/97-SICYM, por la que se aprobará un plan de intercambio compensado otorgado a la firma "Bertrand Faure Argentina S. A.".

Bs. As., 28/8/97

B.O: 2/9/97

VISTO el expediente Nº 060-016230/96, del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el que la firma "BERTRAND FAURE ARGENTINA S.A.", con domicilio en Av. Velez Sarsfield 2930, Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicitó se le otorgue la aprobación de un plan de intercambio compensado que le fuera aprobado por Resolución S.I.C. y M. Nº 315 del 18 de abril de 1997, y el expediente Nº 060-003278/ 97, del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el que la firma "BERTRAND FAURE ARGENTINA S. A.", solicita la inclusión de un producto que fuera omitido en el anexo de la resolución, y

CONSIDERANDO:

Que la inclusión del producto a exportar en el anexo de la Resolución S.I.C. y M. Nº 315 del 18 de abril de 1997, resulta viable de acuerdo a las constancias y verificaciones hechas por la Subsecretaría de Industria.

Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos de la legislación aplicable.

Que la Delegación III de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente disposición se dicta en virtud de lo establecido en el artículo 3º de la Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de l997.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE INDUSTRIA

DISPONE:

Artículo 1º-Sustitúyese el Anexo de la Resolución S.I.C. y M. Nº 315 del 18 de abril de 1997, por la que se aprobará un plan de intercambio compensado otorgado a la firma "BERTRAND FAURE ARGENTINA S. A." con domicilio en Av. Velez Sarsfield 2930, Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, con las condiciones que se indican en el Anexo de UNA (1) foja que forma parte integrante de la presente disposición.

Art. 2º-Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente disposición se regirán por el Decreto Nº 33 del 15 de enero de 1996, por la Resolución ex-S.M. e I. Nº 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1997, y por la presente, como así también por los compromisos asumidos por la beneficiaria en el expediente M.E. y O. y S.P. Nº 060-016230/96.

Art. 3º-Déjase establecido que a los efectos que hubiere lugar, la firma "BERTRAND FAURE ARGENTINA S.A." constituye domicilio especial en Av. Madero 1020, piso 5º, Capital Federal, donde serán válidas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o controversia la jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.

Art. 4º-La presente disposición comenzará a regir a partir del día siguiente a la notificación de la Resolución S.I.C. y M. Nº 315 del 18 de abril de 1997.

Art. 5º-Remítase copia de la presente disposición a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Art. 6º-Notifíquese a la interesada.

Art.7º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Héctor Gambarotta.

ANEXO A LA DISPOSICION S.S.I. Nº 28

Expediente Nº 060-016230/96

Empresa: BERTRAND FAURE ARGENTINA S.A.

Productos a Exportar:


Posición N.C.M                           Descripción                      

9401.20.00          Asientos para automóviles                             

9401.90.90          Coberturas para asientos                              



Productos a Importar:


Posición N.C.M                           Descripción                      

3926.90.90          Las demás manofacturas de plástico para asientos      

7317.00.90          Los demás artículos de fundición de hierro (grapas y  
                    similares)                                            

    7320.20.90      Resortes helicoidales                                 

    7326.90.00      Las demás manofacturas de hierro y acero (bolilla p/  
                    corredora)                                            

9401.90.90          Partes para asientos de automóviles.