Secretaría General

ADHESIONES OFICIALES

Resolución 993/97

Declárase de interés nacional el segmento argentino del "Curso de Regulación. Prestación y Control de Servicios Públicos te Gestión Privada", que se realizará en la ciudad de Buenos Aires.

Bs. As.. 28/8/97

B.O., 5/9/97

VISTO el Expediente N° 042742/97 de la Presidencia de la Nación, mediante el cual se tramita la solicitud de: declarar de interés nacional el segmento argentino del "Curso de Regulación, Prestación y Control de Servicios Públicos de Gestión Privada", y

CONSIDERANDO:

Que dicha iniciativa es organizada por el Instituto de Investigaciones del Nuevo Estado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Belgrano y el Institute of Public Utilities-The Eli Broad Graduate School of Management-de la Michigan State University.

Que la misma se encuentra dirigida al perfeccionamiento interdisciplinario acerca del marco socio-legal de la privatización de servicios públicos en la República Argentina.

Que el programa prevé la participación de destacadisimos especialistas argentinos y extranjeros en todo el espectro temático concerniente a la prestación de servicios públicos de gestión privada.

Que la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha expresado su adhesión a la presente medida.

Que los MINISTERIOS DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y de ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS han dictaminado favorablemente.

Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso J del Decreto 101/85 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

RESUELVE:

Artículo 1°-Declárase de interés nacional el segmento argentino del "Curso de Regulación, Prestación y Control de Servicios Públicos de gestión Privada" que se realizará en la ciudad de Buenos Aires durante el mes de setiembre del corriente año.

Art. 2°-La declaración otorgada por el artículo 1° del presente acto administrativo no generará erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001- SECRETARIA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3°-Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Alberto A. Kohan.