Comisión Nacional de Trabajo Agrario

SALARIOS

Resolución 17/97

Fíjase un Tope Indemnizatorio correspondiente a la escala salarial para el personal ocupado en las tareas de Implantación y Mantenimiento de Bosques Artificiales de la Provincia de Misiones y Departamentos de la Provincia de Corrientes.

Bs. As., 30/7/97

B.O: 10/9/97

VISTO, la Resolución CNTA N° 184/91 y lo dispuesto por el artículo 76 inciso a) de la Ley 22.248, texto conforme art. 155 de la Ley 24.013, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución CNTA N° 184/91 establece remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de Implantación y Mantenimiento de Bosques Artificiales para la Provincia de Misiones y Departamentos de Corrientes.

Que por ende, resulta necesario dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 76, inciso a) de la Ley 22.248, texto conforme artículo 155 de la Ley 24.013.

Que en consecuencia, corresponde hacer uso de las facultades conferidas por el artículo 86 de la Ley 22.248.

Por ello,

LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

RESUELVE:

Artículo 1º-Fijar el Tope Indemnizatorio (artículo 76, inciso a del Régimen Nacional de Trabajo Agrario) que se consigna en el Anexo de la presente resolución, correspondiente a la escala salarial de las tareas de Implantación y Mantenimiento de Bosques Artificiales para la Provincia de Misiones y Departamentos de Santo Tome e Ituzaingó de la Provincia de Corrientes, situados al este del Río Aguapey y hasta su confluencia con la Zanja Garapé y al este de esta, conforme Resolución C.N.T.A. N° 184/91.

Art. 2º-Hacer saber que el promedio indicado en el anexo, es el vigente a partir del dictado de la resolución referida en el artículo anterior, conforme el acuerdo celebrado por las partes y homologado por esta Comisión Nacional.

Art. 3º-Registrar, comunicar al MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL a efectos de su remisión a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archivar.-Jorge L. Ginzo.-Ricardo Grether.-Carlos A. Hubert.-Daniel Sarmiento.-Jorge Herrera.

ANEXO

RESOLUCION C.N.T.A. Nº 17/97

REGIMEN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO (LEY 22.248)
MONTOS TOPES INDEMNIZATORIOS
BASE PROMEDIO MENSUAL
TOPE INDEMNIZATORIO
Desde 1° de diciembre de 1991
$ 199,74
$ 599,23