CONDECORACIONES

Decreto 748/97

Apruébase un Acta mediante la cual se acuerda una condecoración a un empleado local de la Embajada de la República en la República del Perú.

Bs.As., 11/8/97

B.O: 11/9/97

VISTO lo establecido por el Decreto Ley N° 16.629 del 17 de diciembre de 1957, ratificado por la Ley N° 14.467, por el que se creó la "ORDEN DE MAYO", y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo de la Orden ha prestado acuerdo a la propuesta de condecorar al señor empleado local de la Embajada de la República en la REPUBLICA DEL PERU, D. Enrique AGUERO BALDEON, quien se ha hecho acreedor al honor y al reconocimiento de la Nación.

Que toca al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar la medida aprobatoria complementaria prevista en el artículo 6° del Decreto Ley N° 16.629 del 17 de diciembre de 1957, ratificado por Ley N° 14.467.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Apruébase el Acta del Consejo de la "ORDEN DE MAYO", suscripta el 20 de enero de 1997, mediante la cual se acuerda la condecoración de la "ORDEN DE MAYO AL MERITO", en el grado de CABALLERO, al señor empleado local de la Embajada de la República en la REPUBLICA DEL PERU, D. Enrique AGUERO BALDEON.

Art. 2º-Extiéndase el correspondiente diploma, de acuerdo con lo estipulado por el artículo 19 de la Reglamentación de la "ORDEN DE MAYO" aprobada por el Decreto N° 16.644 del 18 de diciembre de 1957.

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Guido Di Tella.