Secretaria de Turismo

FIESTAS NACIONALES

Resolución 329/97

Declárase Fiesta Nacional del Arroz, al acontecimiento a celebrarse en la ciudad de San Salvador Provincia de Entre Ríos, oportunidad en la cual se organizará la 1ª Expoagroindustial Internacional del Arroz.

Bs. As., 26/8/97

B.O: 11/9/97

VISTO la Nota 10456/97-Actuación N° S. G. 2837/97 de la SUBSECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION,

y

CONSIDERANDO:

Que la Federación de Entidades Arroceras Argentinas-FEDENAR-, con sede en la ciudad de San Salvador-provincia de Entre Ríos-informa de la realización de la Fiesta del Arroz, a realizarse en dicha localidad, desde el 28 hasta el 30 de noviembre de 1997, para la cual se requiere la declaración de Fiesta Nacional.

Que este acontecimiento realizado en anteriores oportunidades se destaca por constituir un hecho de significación de gran atractivo turístico.

Que atento con la importancia de esta celebración en el orden provincial el Gobierno de la Provincia de Entre Ríos ha procedido a declarar de interés Provincial la celebración de la Fiesta Provincial del Arroz, por Decreto N° 1425 de fecha 2 junio de 1997.

Que esta medida no implica costo fiscal.

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 1300 de fecha 11 de agosto de 1987, la Resolución reglamentaria N° 872 de fecha 10 de noviembre de 1994 y por el Decreto N° 1407 de fecha 3 de diciembre de 1996.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TURISMO RESUELVE:

Artículo 1º-Declárase Fiesta Nacional del Arroz, al acontecimiento a celebrarse desde el 28 hasta el 30 de noviembre de 1997, en la ciudad de San Salvador-provincia de Entre Ríos-, oportunidad en la cual se organizará la 1ª Expoagroindustrial Internacional del Arroz.

Art. 2º-A partir de la fecha se autoriza la realización sucesiva y en forma anual de esta celebración.

Art. 3°-La Subsecretaría de Turismo de la provincia de Entre Ríos será la responsable del control de este acontecimiento, debiendo proceder a informar a la Secretaría de Turismo de la Nación, en caso de cambio de sede, fecha de celebración, como postergación y anulación de esta Fiesta Nacional.

Art. 4º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Francisco Mayorga.