BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

COMUNICACION "B" 6214 (17/9/97) Ref: Circular CONAU - 1. Normas mínimas sobre Auditorias Externas.

B.O: 6/10/97

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. para recordarles que antes de la finalización del primer trimestre económico las entidades financieras deben presentar la documentación que se detalla a continuación:

- Fórmula 3830 (I-94).

- Fórmula 3831 (IX-95).

- Certificado de Antecedentes Judiciales, extendido por la Dirección General del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal (original o fotocopia con certificación de Escribano Público).

De lo expresado se desprende que aquellas entidades cuyo cierre de ejercicio económico se haya producido el 30/6/97 deberán emitir dicha documentación, indefectiblemente, antes del 30/ 9/97.

La presentación se efectuará a través de Servicios Generales - Mesa de Entradas y estará dirigida a la Gerencia de Régimen Informativo.

e 6/10 Nº 201.359 v. 6/10/97