Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

PRESUPUESTO

Resolución 1174/97

Apruébase el Presupuesto del ejercicio 1997 de la Comisión Binacional Puente Buenos Aires - Colonia - Delegación Argentina actuante en el Area de la Secretaría de Obras Públicas.

Bs. As., 15/10/97

B.O: 21/10/97

VISTO el Expediente Nº 001-004397/96 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS en el que tramita la aprobación del Presupuesto de ejercicio 1997 formulado por la COMISION BINACIONAL PUENTE BUENOS AIRES COLONIA - DELEGACION ARGENTINA, actuante en el área de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL contiene, en el Título II, Capítulo III, el Régimen presupuestario de las empresas y sociedades del Estado.

Que obra en el Expediente mencionado en el VISTO, el informe favorable de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO sobre la medida propiciada.

Que el Artículo 49 de la mencionada Ley y el Decreto Nº 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial Nº 3 de la Ley Nº 24.156, determina que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ,

RESUELVE:

Artículo 1º-Apruébase el Presupuesto del ejercicio 1997 de la COMISION BINACIONAL PUENTE BUENOS AIRES - COLONIA - DELEGAC1ON ARGENTINA, actuante en el área de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II a la presente Resolución.

Art.2º-Estimáse en la suma de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTE MIL ($ 2.820.0U0. -) los ingresos de capital y fíjase en la suma de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTE MIL ($ 2.820.000.) los gastos de capital, y como consecuencia de ello, estimáse el Resultado Financiero (EQUILIBRADO) para el ejercicio 1997 de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II a la presente Resolución.

Art. 3º-El presupuesto aprobado tiene carácter retroactivo al 1º de enero del corriente año.

Art. 4º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -Roque B. Fernández.

NOTA: Esta Resolución se pública sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Capital Federal).