CONDECORACIONES

Decreto 1217/97

Apruébase un Acta mediante la cual se acuerda una condecoración al Embajador de la República de Bolivia.

Bs. As., 14/11/97.

B. O.: 21/11/97.

VISTO lo establecido por el Decreto Ley N° 16.629 del 17 de diciembre de 1.957, ratificado por la Ley N° 14.467, por el que se creó la "ORDEN DE MAYO", y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo de la Orden ha prestado acuerdo a la propuesta de condecorar a S.E. el señor Embajador de la REPUBLICA DE BOLIVIA en la República, D. Julio GARRETT AILLON, quien se ha hecho acreedor al honor y al reconocimiento de la Nación.

Que toca al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar la medida aprobatoria complementaria prevista en el artículo 6° del Decreto Ley N° 16.629 del 17 de diciembre de 1.957, ratificado por Ley N° 14.467.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°- Apruébase el Acta del Consejo de la "ORDEN DE MAYO", suscripta el 8 de agosto de 1.997, mediante la cual se acuerda la condecoración de la "ORDEN DE MAYO AL MERITO", en el grado de GRAN CRUZ, a S.E. el señor Embajador de la REPUBLICA DE BOLIVIA en la República, D. Julio GARRETT AILLON.

Art. 2°- Extiéndase el correspondiente diploma, de acuerdo con lo estipulado por el artículo 19 de la Reglamentación de la "ORDEN DE MAYO" aprobada por el Decreto N° 16.644 del 18 de diciembre de 1.957.

Art. 3°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - MENEM. - Guido Di Tella.