Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica

PRODUCTOS COSMETICOS

Disposición 5808/97

Cancelase la habilitación como importadora y exportadora conferida a Euroargentina S.A.

Bs. As., 21/10/97

B.O.: 21/11/97

VISTO el Expediente N° 1-47-1110-181-97-9 del Registro de esta Administración Nacional; y

CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento de la O.I. N° 152/97 de fecha 26/02/97, miembros del Departamento de Inspecciones del Instituto Nacional de Medicamentos realizaron una inspección a la firma EUROARGENTINA S.A. sita en la calle Melgar 33, Capital Federal con el fin de investigar documentación.

Que los funcionarios actuantes pese a haber realizado reiterados llamados no obtuvieron respuesta.

Que en dicha inspección se relevo que el local se encontraba cerrado y sin movimiento y habiendo sido devuelta la Carta Documento que se le mando por las mismas razones, es que se presume que dicha firma ya no funcionaría allí.

Que el Servicio de Productos Cosméticos informó que la firma en cuestión dio cumplimiento a la Disposición N° 2145/95 sobre reempadronamiento de laboratorios de Productos Cosméticos; no cumplimentando la Disposición N° 1689/96 sobre reempadronamiento de productos.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia. Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por el Decreto 1490/92 y la Resolución M.S. y A.S. N° 147/92.

Por ello;

El. DIRECTOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA

DISPONE:

Artículo 1°-Cancelase la habilitación como IMPORTADORA Y EXPORTADORA DE PRODUCTOS COSMETICOS conferida a la firma EUROARGENTINA S.A. con domicilio en la calle Melgar 33, Capital Federal.

Art. 2°-Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de los productos comercializados por la firma citada en el artículo anterior.

Art. 3°-Regístrese, comuníquese a las autoridades provinciales competentes, al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y a las Cámaras y Entidades Profesionales, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese permanente.-Pablo M. Bazerque.