HUESPEDES OFICIALES

Decreto 1248/97

Convalídese el tratamiento acordado al Ministro de Migraciones, Nacionalidades y Minorías de Ucrania y comitiva.

Bs.As., 19/11/97

B.O: 25/11/97

VISTO la visita efectuada al país por el señor Ministro de Migraciones, Nacionalidades y Minorías de UCRANIA, D. Volodymyr EVTUJ y comitiva, entre los días 26 de agosto y 1º de septiembre de 1997, lo aconsejado por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y

CONSIDERANDO:

Que la Declaración de Huéspedes Oficiales encuadra en las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Convalídase el tratamiento de Huéspedes Oficiales del Gobierno argentino acordado al señor Ministro de Migraciones, Nacionalidades y Minorías de UCRANIA. D. Volodymyr EVTUJ y comitiva, durante su permanencia en la República, entre los días 26 de agosto y 1° de septiembre de 1997.

Art. 2°-Atiéndase con cargo al presupuesto correspondiente a la jurisdicción 35-MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO-para el ejercicio de 1997, los gastos derivados del presente Decreto.

Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Guido Di Tella.