Secretaría General

ADHESIONES OFICIALES

Resolución 1355/97

Declárase de interés nacional el "Gran Premio de la República Argentina de Fórmula 1" que ·e realizará en la Ciudad de Buenos Aires.

Bs. As., 24/11/97

B.O: 27/11/97

VISTO el Expediente N° 3652/97 del Registro de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación mediante el cual se tramita la solicitud de declaración de interés nacional del "Gran Premio de la República Argentina de Fórmula 1" de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 20.655 asigna el Estado Nacional la misión de promover y fomentar la práctica de competencias en las distintas especialidades deportivas, así como la representación y participación internacional en los acontecimientos de primer nivel y jerarquía.

Que el certamen mundial de Fórmula Uno reúne dichos atributos y que la República Argentina es uno de los únicos 16 países que cuenta con una fecha asignada en ese calendario.

Que mediante el Decreto N° 1409/92 el Poder Ejecutivo Nacional expreso su voluntad de recuperar y mantener una fecha en aquel certamen, ordenando las gestiones que en tal sentido resultarán necesarias.

Que en las ediciones de los años 1995, 1996 y 1997 el Gran Premio de la República Argentina fue declarado de interés nacional.

Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONALY CULTO y la SECRETARIA DE DEPORTES DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION han tomado la intervención, pronunciándose favorablemente respecto de la medida propiciada.

Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso J del Decreto 101/85 y sus modificatorios.

Por ello.

EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

RESUELVE:

Artículo 1°-Declarase de interés nacional el "Gran Premio de la República Argentina de Fórmula 1", que se realizará en la ciudad de Buenos Aires los días 10, 11 y 12 de abril de 1998.

Art. 2° - La declaración otorgada por el artículo 1º del presente acto administrativo no generará erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3°-Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Alberto A. Kohan.