Comisión Nacional de Comunicaciones.

SERVICIOS POSTALES

Resolución 1744/97

Mantiénese la inscripción de la empresa Traur. Cuyana S.R.L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

Bs. As., 1/12/97

B.O: 11/12/97

VISTO el expediente Nº 963 del Registro de la ex-COMISION NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones la firma denominada TRANS CUYANA S.R.L. ha solicitado que se mantenga su inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

Que la misma fue reinscripta en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales el 25 de marzo de 1997, con el número CINCUENTA (050).

Que en relación a lo peticionado en la actualidad han sido cumplidas la totalidad de las condiciones exigidas por el artículo 11 del Decreto Nº 1 i87/93, modificado por Decreto Nº 115/97.

Que de la documentación aportada puede inferirse que quienes forman parte de los órganos de administración o control de la persona ideal de marras no han sido condenados por los delitos previstos en los artículos 153, 154, 155, 156, 157, 194, 254, 255 y 288 del Código Penal.

Que ha sido presentada la declaración Jurada prevista por el artículo 14 del decreto ya referido.

Que asimismo se efectuó el formal cumplimiento de la totalidad de las reglamentaciones normadas por el artículo 1º inciso d) del Decreto Nº 115 del 5 de febrero de 1997.

Que la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias, en su carácter de Servicio Jurídico Permanente de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, se ha expedido a fojas 92/93 y manifiesta no tener objeciones de índole legal que formular.

Que, en consecuencia, procede mantener inscripta en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales a la firma denominada TRANS CUYANA S.R.L.

Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades contenidas en el artículo 6º inciso d) del Decreto Nº 1185/90 y normas concordantes y complementarias.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

Artículo 1º-Declárase que la firma denominada TRANS CUYANA S.R.L. mantiene el cumplimiento de la totalidad de los requisitos, previstos en el Decreto Nº 1187/93 y sus modificatorios, que justificaron oportunamente su inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

Art. 2º-Mantiénese inscripta a la empresa referida en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales bajo el número CINCUENTA (050).

Art. 3º-Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, publíquese y archívese.-Roberto C. Catalán.-Roberto E. Uanini.-Hugo Zothner.-Patricio Feune de Colombi.-Antonio S. Name.-Federico N. A. Luján de la Fuente.