Secretaría de Culto

CULTO

Resolución 3696/97

Reconócese a la Orden Cartujana (Cartuja) como persona jurídica y entidad de bien público.

Bs. As., 24/11/97

B.O: 12/12/97

VISTO lo solicitado por la ORDEN CARTUJANA (CARTUJA), y

CONSIDERANDO:

Que a la ORDEN CARTUJANA (CARTUJA), es un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado su carácter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme las normas por el Código de Derecho Canónico.

Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, acompañando sus constituciones, decreto de erección y memoria y constancia de su Admisión en la REPUBLICA ARGENTINA, debidamente aprobados por la autoridad eclesiástica.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en los artículos 1º de la ley 24.483.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO

RESUELVE:

Artículo 1º-Reconocer como persona jurídica a la ORDEN CARTUJANA (CARTUJA), con sede legal en calle Colón, número QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO (584), localidad de Dean Funes, PROVINCIA DE CORDOBA y domicilio especial en la calle Maipú número SETECIENTOS VEINTISEIS (726), Ciudad de BUENOS AIRES, la que queda inscripta bajo el número CIENTO TREINTA Y TRES ( 133) del Registro de institutos de Vida Consagrada.

Art. 2º-Reconocer a dicho Instituto de Vida Consagrada el carácter de entidad de bien público, a todos los efectos que correspondan.

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Angel M. Centeno.