Subsecretaría de Población

MIGRACIONES

Disposición 1678/97

Apruébase el régimen especial de admisión de extranjeros comprendidos en el Programa de Intercambio de Estudiantes Universitarios promovido por la U.T.N. - Unidad Académica Rafaela.

Bs.As., 14/11/97

B.O: 15/12/97

VISTO lo actuado en los Expedientes Nº 209.690- 1/96 y 206.979-6/97 del registro de la Dirección Nacional de Migraciones, y

CONSIDERANDO:

Que al dictarse la Disposición Nº 1030 del 21 de agosto de 1997 de la Subsecretaría de Población, se ha omitido mencionar, que las Disposiciones Nº 1398 del 21 de febrero de 1997 y su rectificatoria Nº 3968 del 03 de julio de 1997, ambas del registro de la Dirección Nacional de Migraciones, formaban parte de la misma como anexo I y II.

Que por lo expuesto corresponde subsanar dicho error material.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE POBLACION

DISPONE:

Artículo 1º-Sustitúyese el artículo 1º de la Disposición Nº 1030/97 por el siguiente:

"Apruébase la Disposición Nº 1398/97 y su rectificatoria Nº 3968/97, ambas del registro de la Dirección Nacional de Migraciones, que forman parten de la presente como Anexo I y II respectivamente".

Art. 2º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Aldo O. Carreras.

ANEXO I

Disposición 1398/97

Bs. As., 21/2/97

VISTO lo actuado en el Expediente Nº 083.2657/67 c/agr. 713.842-7/94 y 714.515-9/94, y

CONSIDERANDO:

Que, la Universidad Tecnológica Nacional "Unidad Académica Rafaela", solicita su inclusión en los términos de la Disposición Nº 19/94 dando cuenta del Programa de Intercambio de Estudiantes Universitarios puesto en marcha conjuntamente con la Secretaría de Programación Económica de la Municipalidad de Rafaela, Provincia de Santa Fe.

Que, conforme los términos de las notas presentadas por ambas entidades oficiales, la Escuela Técnica Superior de Albstadt - Sigmaringer y la Oficina de Coordinación de Prácticas en el Exterior de las escuelas técnicas superiores del Estado de Baden - Wurttemberg se mostraron interesadas en la propuesta, dándose inicio en marzo de 1994 a los intercambios de estudiantes y jóvenes graduados para que realicen prácticas en la región de la contraparte.

Que, el Programa de Intercambio consiste en la realización de una experiencia laboral en una empresa, en áreas que han sido previamente solicitadas por el mismo estudiante, durante un lapso de seis meses y la asistencia a la Universidad local. La empresa contrae la obligación de brindar la capacitación dentro de su empresa, como así también de brindar una ayuda económica en conceptos de viáticos, enmarcado en el Decreto Nº 340/92 de pasantías.

Que, el programa puesto en marcha podría tener cabida en los términos de la Disposición DNM Nº 19/94 aprobada por Resolución Nº 3580/94 de la Secretaría de Población y Relaciones con la Comunidad, la que encuadra a los extranjeros a ingresar en el marco de los programas en las previsiones del artículo 27º "in fine" del Reglamento de Migración.

Que, sin embargo, revistiendo matices diferentes a los que originarán la disposición mencionada, corresponde efectuar los cambios que la actividad a desarrollar por los extranjeros requiere.

Por ello, y de acuerdo a las facultades emergentes del artículo 16º del Decreto Nº 1434/87 modificado por su similar Nº 1023/94.

EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES

DISPONE:

ARTICULO 1º-APRUEBASE el régimen especial de admisión de extranjeros comprendidos en el Programa de Intercambio de Estudiantes Universitarios promovido por la Universidad Tecnológica Nacional - Unidad Académica Rafael - conjuntamente con la Secretaría de Programa Económica de la Municipalidad de Rafaela, Provincia de Santa Fe.

ARTICULO 2º-CONSIDERANSE incluidos a los extranjeros comprendidos en ese Programa en los términos de la Disposición Nº 19/94 aprobada por Resolución Nº 3580/94 de la Secretaría de Población y Relaciones con la Comunidad.

ARTICULO 3º-Si los extranjeros hubieren alcanzado la mayoría de edad, de acuerdo con la legislación vigente en el país de procedencia, deberán así acreditarlo en cuyo caso regirá a su respecto el artículo 4º de la citada Disposición DNM Nº 19/94.

ARTICULO 4º-Las obligaciones impuestas en el artículo 5º de la Disposición DNM Nº 19/ 94 rigen aun cuando los extranjeros a ingresar fueran mayores de edad, debiendo además informar la entidad responsable acerca de la empresa donde cada estudiante efectuará las pasantías laborales.

ARTICULO 5º-ELEVESE la presente a la aprobación de la Subsecretaría de Población de conformidad con la Resolución Nº 1908/96 del Ministerio del Interior.

ARTICULO 6º-REGISTRESE y Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Hecho, ARCHIVESE.-Hugo A. Franco, Director Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior.

ANEXO II

Disposición 3968/97

Bs. As., 3/7/97

VISTO, el expediente DNM Nº 206.979-6/97 y la Disposición DNM Nº 1398/97, y

CONSIDERANDO:

Que, resulta necesario proceder a la rectificación de los errores materiales deslizados en la Disposición DNM Nº 1398/97 y que fueran puntualizados en el Dictamen Nº 18.567 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES

DISPONE:

ARTICULO 1º-RECTIFICANSE los artículos 1º y 3º en la Disposición DNM Nº 1398/97, correspondiendo los que a continuación se indican:

"ARTICULO 1º-APRUEBASE el régimen especial de admisión de extranjeros comprendidos en el Programa de Intercambio de Estudiantes Universitarios promovido por la Universidad Tecnológica Nacional - Unidad Académica Rafaela - conjuntamente con la Secretaría de Programación Económica de la Municipalidad de Rafaela, Provincia de Santa Fe.

"ARTICULO 3º-Si los extranjeros hubieren alcanzado la mayoría de edad, de acuerdo con la legislación vigente en el país de procedencia, deberán así acreditarlo en cuyo caso no regirá a su respecto el artículo 4º de la citada Disposición DNM Nº 19/94".

ARTICULO 2º-REGISTRESE y COMUNIQUESE. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Hecho, ARCHIVESE.-Hugo A. Franco, Director Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior.