Secretaría General

ADHESIONES OFICIALES

Resolución 1482/97

Declárase de interés nacional al Segundo Congreso Internacional de Abogacía Preventiva, Primeras Jornadas Mundiales de Sistemas Alternativos de Resolución de Conflictos y Segunda Convención de Colegios y Asociaciones de Abogados de Latinoamérica, "La Justicia a las Puertas del Tercer Milenio" a desarrollarse en la ciudad de Buenos Aires.

Bs. As., 17/12/97

B.O: 23/12/97

VISTO el Expediente Nº 115440/97 del Registro del Ministerio de Justicia por medio del cual la Asociación Internacional de Abogacía Preventiva solicita declarar de interés nacional al Segundo Congreso Internacional de Abogacía Preventiva, Primeras Jornadas Mundiales de Sistemas Alternativos de Resolución de Conflictos y Segunda Convención de Colegios y Asociaciones de Abogados de Latinoamérica, "La Justicia a las Puertas del Tercer Milenio", y

CONSIDERANDO:

Que este importante acontecimiento se desarrollará con la idea central de realizar un inventario y balance de los sistemas alternativos de resolución de conflictos desarrollados en la actual década, analizando las propuestas de reforma judicial junto a la redefinición del rol institucional de las asociaciones de los profesionales del Derecho.

Que teniendo en cuenta la importancia de las temáticas a desarrollar, la jerarquía de la entidad solicitante y la relevancia de los profesionales que participarán del evento, se considera procedente conceder el pronunciamiento solicitado.

Que los MINISTERIOS de JUSTICIA y de RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO han tomado la intervención correspondiente dictaminando favorablemente.

Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso J del Decreto 101/85 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

RESUELVE:

Artículo 1º-Declárase de Interés nacional al Segundo Congreso Internacional de Abogacía Preventiva, Primeras Jornadas Mundiales de Sistemas Alternativos de Resolución de Conflictos y Segunda Convención de Colegios y Asociaciones de Abogados de Latinoamérica, "La Justicia a las Puertas del Tercer Milenio", a desarrollarse del 27 al 29 de agosto de 1998, en la ciudad de Buenos Aires.

Art. 2º-La declaración otorgada por el artículo 1º del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3º-Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Alberto A. Kohan.