DUELO

Decreto 1411/97

Adhiérese al duelo motivado por el fallecimiento del Doctor Benito Llambi.

Bs. As., 22/12/97

B.O.: 26/12/97

VISTO que en la fecha se ha producido el fallecimiento del Doctor D. Benito LLAMBI, y

CONSIDERANDO:

Que el extinto consagro su vida al quehacer nacional, primero desde las filas del Ejercito y luego, por más de medio siglo, en la diplomacia y en la actividad politice, encabezando entre otras las misiones en Suiza, Suecia, Thailandia, Canadá y Uruguay y ocupando el cargo de Ministro del Interior durante la tercera Presidencia del Teniente General Juan Domingo PERON hasta la muerte del mismo para finalizar su trayectoria como Embalador de la República, en la República Oriental del Uruguay.

Que toda su trayectoria ha sido destacada por su honradez y respeto por los principios democráticos, poniendo en evidencia sus grandes condiciones humanas y su compromiso con la realidad del país.

Que es un deber del Gobierno Nacional honrar la memoria del Doctor D. Benito LLAMBI con motivo de su lamentable desaparición.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso I de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Adherir al duelo motivado por el fallecimiento del Doctor D. Benito LLAMBI.

Art. 2º-Por el MINISTERIO DEL INTERIOR se expresaran a la familia del extinto las condolencias del Gobierno Nacional.

Art. 3º-La Bandera Nacional permanecerá izada a media asta en todos los edificios públicos durante TRES (3) días en señal de duelo, a partir de la fecha de su fallecimiento.

Art. 4º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -MENEM.-Carlos V. Corach - Alberto J. Mazza.