Secretaría de Culto

CULTO

Resolución 3815/97

Reconócese a las Hermanas de la Santa Cruz y Pasión de Nuestro Señor Jesucristo (Hermanas Pasionistas) como persona jurídica y entidad de bien público.

Bs. As., 12/12/97

B.O.: 26/12/97

VISTO lo solicitado por las HERMANAS DE LA SANTA CRUZ Y PASION DE NUESTRO SEÑOR JESUCRISTO (HERMANAS PASIONISTAS), y

CONSIDERANDO:

Que las HERMANAS DE LA SANTA CRUZ Y PASION DE NUESTRO SEÑOR JESUCRISTO (HERMANAS PASIONISTAS), es un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado su caracter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme las normas del Código de Derecho Canónico.

Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, acompañando sus constituciones, decreto de erección, memoria y constancia de su admisión en la REPUBLICA ARGENTINA, debidamente aprobados por la autoridad eclesiástica.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley 24.483.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO

RESUELVE:

Artículo 1º-Reconocer como persona jurídica a las HERMANAS DE LA SANTA CRUZ Y PASION DE NUESTRO SENOR JESUCRISTO (HERMANAS PASIONISTAS), con sede legal en calle Alsina, numero MIL CUATROCIENTOS VEINTIDOS (1422), localidad de Vicente López, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y domicilio especial en calle Estados Unidos. numero TRES MIL CIENTO CINCUENTA, Ciudad de BUENOS AIRES, la que queda inscripta bajo el número CIENTO TREINTA Y NUEVE (139) del Registro de Institutos de Vida Consagrada.

Art. 2º-Reconocer a dicho Instituto de Vida Consagrada el caracter de entidad de bien público, a todos los efectos que correspondan.

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívase.- Angel M. Centeno.