HUESPEDES OFICIALES

Decreto 1410/97

Convalídase el tratamiento acordado al Presidente de la Comunidad Autónoma del País Vasco y comitiva.

Bs. As., 22/12/97.

B. O.: 12/01/98.

VISTO la visita efectuada al país por el señor Presidente de la Comunidad Autónoma del PAIS VASCO, D. José Antonio ARDANZA GARRO y comitiva, entre los días 4 y 9 de noviembre de 1.997, lo aconsejado por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y

CONSIDERANDO:

Que la Declaración de Huéspedes Oficiales encuadra en las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el artículo 99, Inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°- Convalídase el tratamiento de Huéspedes Oficiales del Gobierno argentino acordado al señor Presidente de la Comunidad Autónoma del PAIS VASCO, D. José Antonio ARDANZA GARRO y comitiva, durante su permanencia en la República, entre los días 4 y 9 de noviembre de 1.997.

Art. 2°- Atiéndase con cargo al presupuesto correspondiente a la Jurisdicción 35-MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO- para el ejercicio de 1.997, los gastos derivados del presente Decreto.

Art. 3°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - MENEM. - Guido Di Tella.