Secretaría de Culto

CULTO

Resolución 3986/97

Reconócese a la Congregación Misionera de las Siervas del Espíritu Santo (Provincia Argentina Misiones) como persona jurídica y entidad de bien público.

Bs. As., 23/12/97

B.O: 13/01/98

VISTO lo solicitado por la CONGREGACION MISIONERA DE LAS SIERVAS DEL ESPIRITO SANTO (PROVINCIA ARGENTINA MISIONES), y

CONSIDERANDO:

Que la CONGREGACION MISIONERA DE LAS SIERVAS DEL ESPIRITO SANTO (PROVINCIA ARGENTINA MISIONES), es un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado su carácter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme las normas del Código de Derecho Canónico.

Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, acompañando sus constituciones, decreto de erección, memoria y constancia de su admisión en la REPUBLICA ARGENTINA, debidamente aprobadas por la autoridad eclesiástica.

Que contando en el territorio nacional con más de una provincia, corresponde proceder a su inscripción bajo la forma prevista por el artículo 2º de la ley 24.483 y por el artículo 4º del decreto 491 del 21 de septiembre de 1995.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 1º de la ley citada.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO

RESUELVE:

Artículo 1º-Reconocer como persona jurídica a la CONGREGACION MISIONERA DE LAS SIERVAS DEL ESPIRITU SANTO (PROVINCIA ARGENTINA MISIONES), con sede legal en Ruta Nacional Nº 12, Kilometro 8,5. Localidad de Villa Lanús, PROVINCIA DE MISIONES, y domicilio especial en calle Avellaneda, número CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO (4455), CIUDAD DE BUENOS AIRES, la que queda inscripta bajo el número CIENTO DIECIOCHO barra UNO (118/1) del Registro de Institutos de Vida Consagrada.

Art. 2º-Reconocer a dicho Instituto de Vida Consagrada el carácter de entidad de bien público, a todos los efectos que correspondan.

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Angel M. Centeno.