INMUEBLES

Ley 24.926

Transfiérese a título gratuito, un inmueble propiedad del Estado nacional a la Asociación de Bomberos Voluntarios de la localidad de Cerro Azul, Departamento Leandro N. Alem, Provincia de Misiones.

Sancionada: Diciembre 9 de 1997.

Promulgada de Hecho: Enero 9 de 1998.

B.O: 14/01/98

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º-Transfiérese a título gratuito a la Asociación de Bomberos Voluntarios de la localidad de Cerro Azul, Departamento Leandro N. Alem, Provincia de Misiones, el inmueble propiedad del Estado nacional, identificado como Solar "B" Manzana 34 del pueblo de Cerro Azul según Nomenclatura Catastral: Departamento 11 -Municipio 17 - Sección 03 -Chacra 000 - Manzana 052 - Parcela 02.

ARTICULO 2º-La transferencia de dicho inmueble se realiza a fin de ser destinado a la construcción de la sede de la Asociación de Bomberos Voluntarios de la localidad de Cerro Azul, asociación sin fines de lucro y debidamente afiliada a la Federación de Bomberos Voluntarios de Misiones.

ARTICULO 3º-En caso de disolverse dicha Asociación, el inmueble correspondiente será transferido automáticamente al Estado provincial con todo lo plantado y/o edificado, al cumplirse los dos años calendario de la firma del Acta de Disolución.

ARTICULO 4º-Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTAY SIETE.

-REGISTRADA BAJO EL Nº 24.926-

ALBERTO R. PIERRI.-EDUARDO MENEM.-Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo.-Edgardo Piuzzi.