Secretaría de Culto

CULTO

Resolución 4110/97

Reconócese a las Hermanas Maestras de la Santa Cruz (Hermanas de la Santa Cruz), como persona jurídica y entidad de bien público.

Bs. As., 26/12/97.

B. O.: 16/01/98.

VISTO lo solicitado por las HERMANAS MAESTRAS DE LA SANTA CRUZ (HERMANAS DE LA SANTA CRUZ), y

CONSIDERANDO:

Que las HERMANAS MAESTRAS DE LA SANTA CRUZ (HERMANAS DE LA SANTA CRUZ), es un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado su carácter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, en los términos previstos por el Código de Derecho Canónico.

Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, acompañando el decreto de erección, sus constituciones, memoria y constancia de su admisión en la REPUBLICA ARGENTINA, debidamente aprobados por la autoridad eclesiástica competente.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 24.483.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO

RESUELVE:

Artículo 1°- Reconocer como persona jurídica a las HERMANAS MAESTRAS DE LA SANTA CRUZ (HERMANAS DE LA SANTA CRUZ), con sede legal y domicilio especial en calle Virrey del Pino, número DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UNO (2281), CIUDAD DE BUENOS AIRES, la que queda inscripta bajo el número CIENTO CUARENTA Y TRES (143) del Registro de Institutos de vida Consagrada.

Art. 2°- Reconocer a dicho Instituto de Vida Consagrada el carácter de entidad de bien público, a todos los efectos que correspondan.

Art. 3°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Angel M. Centeno.