Secretaría de Culto

CULTO

Resolución 4011/97

Reconócese al Monasterio de San José y Santa Teresa (Monjas Descalzas de la Orden de la Bienaventurada Virgen María del Monte Carmelo), como persona jurídica y entidad de bien público.

Bs. As, 23/12/97.

B. O.: 16/01/98.

VISTO lo solicitado por el MONASTERIO DE SAN JOSE Y SANTATERESA (MONJAS DESCALZAS DE LA ORDEN DE LA BIENAVENTURADA VIRGEN MARIA DEL MONTE CARMELO), y

CONSIDERANDO:

Que el MONASTERIO DE SAN JOSE Y SANTA TERESA (MONJAS DESCALZAS DE LA ORDEN DE LA BIENAVENTURADA VIRGEN MARIA DEL MONTE CARMELO), es un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado su carácter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme las normas del Código de Derecho Canónico.

Que el solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, acompañando sus estatutos, constituciones vigentes, decreto de erección y memoria, debidamente aprobados por la autoridad eclesiástica; siendo notoria su actuación en el territorio argentino desde antes de la organización nacional.

Que, si bien hasta la fecha goza de personalidad jurídica, en su calidad de orden preexistente a la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA, procede igualmente su inscripción en el Registro de Institutos de Vida Consagrada, conforme lo dispuesto por el artículo 3°, inciso a), del decreto 491 del 21 de septiembre de 1.995, en su carácter de casa autónoma (artículo 1°, segundo párrafo de la ley 24.483, y artículo 1°, inciso f, del decreto citado).

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° de la ley citada.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO

RESUELVE:

Artículo 1°- Reconocer como persona jurídica al MONASTERIO DE SAN JOSE Y SANTA TERESA (MONJAS DESCALZAS DE LA ORDEN DE LA BIENAVENTURADA VIRGEN MARIA DEL MONTE CARMELO), con sede legal en Avenida López y Planes, número CUATRO MIL CIENTO OCHO (4108), PROVINCIA DE SANTA FE, y domicilio especial en calle MARCELO T. DE ALVEAR, numero DOS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO (2465), CIUDAD DE BUENOS AIRES, la que queda inscripta bajo el número SEIS barra VEINTE (6/20) del Registro de Institutos de Vida Consagrada.

Art. 2°- Reconocer a dicho Instituto de Vida Consagrada el carácter de entidad de bien público, a todos los efectos que correspondan.

Art. 3°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Angel M. Centeno.