Secretaría de Culto

CULTO

Resolución 80/98

Reconócese a la Congregación de los Oblatos de la Virgen María - Provincia de Santa María de los Buenos Aires, como persona jurídica y entidad de bien público.

Bs. As., 12/1/98

B.O: 28/01/98

VISTO lo solicitado por la CONGREGACION DE LOS OBLATOS DE LA VIRGEN MARIA - PROVINCIA DE SANTA MARIA DE LOS BUENOS AIRES -, y

CONSIDERANDO:

Que la CONGREGACION DE LOS OBLATOS DE LA VIRGEN MARIA - PROVINCIA DE SANTA MARIA DE LOS BUENOS AIRES es un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado su carácter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, en los términos previstos por el Código de Derecho Canónico.

Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, acompañando el decreto de erección, sus constituciones, memoria y constancia de su admisión en la REPUBLICA ARGENTINA, debidamente aprobados por la autoridad eclesiástica competente.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley 24.483.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO

RESUELVE:

Artículo 1º-Reconocer como persona jurídica a la CONGREGACION DE LOS OBLATOS DE LA VIRGEN MARIA - PROVINCIA DE SANTA MARIA DE LOS BUENOS AIRES - con sede legal en calle Pedro Goyena, número MIL NOVECIENTOS NOVENTA (1990), localidad de Castelar, PROVINCIA DE BUENOS AIRES y domicilio especial en calle Plaza, número MIL CIENTO SESENTA (1160), CIUDAD DE BUENOS AIRES, la que queda inscripta bajo el número CIENTO CUARENTA Y CUATRO ( 144) del Registro de Institutos de Vida Consagrada.

Art. 2º-Reconocer a dicho Instituto de Vida Consagrada el carácter de entidad de bien público, a todos los efectos que correspondan.

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Angel M. Centeno.