Secretaría de Culto

CULTO

Resolución 4097/97

Reconócese a las Hermanas de Nuestra Señora de la Compasión (Hermanas de la Compasión) como persona jurídica y entidad de bien público.

Bs. As., 26/12/97

B.O: 26/2/98

VISTO lo solicitado por las HERMANAS DE NUESTRA SEÑORA DE LA COMPASION (HERMANAS DE LA COMPASION), y

CONSIDERANDO:

Que las HERMANAS DE NUESTRA SENORA DE LA COMPASION (HERMANAS DE LA COMPASION), es un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado su carácter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme las normas del Código de Derecho Canónico.

Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, acompañando sus constituciones, decreto de erección, memoria y constancia de su admisión en la REPUBLICA ARGENTINA, debidamente aprobados por la autoridad eclesiástica.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley 24.483.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO

RESUELVE: .

Artículo 1º-Reconocer: como persona jurídica a las HERMANAS DE NUESTRA SEÑORA DE LA COMPASION, (HERMANAS DE LA COMPASION), con sede legal y domicilio especial en calle Solís, número DOSCIENTOS TREINTA Y DOS (232), CIUDAD DE BUENOS AIRES, la que queda inscripta bajo el número CIENTO CUARENTA Y DOS (142) del Registro de Institutos de Vida Consagrada.

Art. 2º-Reconocer a dicho Instituto de Vida Consagrada el carácter de entidad de bien público, a todos los efectos que correspondan.

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívase. -Angel M. Centeno.