Secretaría de Culto

CULTO

Resolución 577/98

Reconócese al Instituto de Hermanas de la Sagrada Familia de Urgel como persona jurídica y entidad de bien público.

Bs. As., 13/2/98

B.O: 9/03/98

VISTO lo solicitado por el INSTITUTO DE HERMANAS DE LA SAGRADA FAMILIA DE URGEL, y

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO DE HERMANAS DE LA SAGRADA FAMILIA DE URGEL, es un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado su carácter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme las normas del Código de Derecho Canónico.

Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, acompañando sus constituciones, decreto de erección, memoria y constancia de admisión en la REPUBLICA ARGENTINA debidamente aprobadas por la autoridad eclesiástica.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley 24.483.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO

RESUELVE:

Artículo 1º-Reconocer como persona jurídica al INSTITUTO DE HERMANAS DE LA SAGRADA FAMILIA DE URGEL, con sede legal en la calle Libertad, número SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE (699), Localidad de Villa Allende, PROVINCIA DE CORDOBA, y domicilio especial en calle Juan B. Alberdi, número DOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO (2555), Ciudad de BUENOS AIRES, la que queda inscripta bajo el número CIENTO CINCUENTA (150) del Registro de Institutos de Vida Consagrada.

Art. 2º-Reconocer a dicho Instituto de Vida Consagrada el carácter de entidad de bien público, a todos los efectos que correspondan.

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Angel M. Centeno.