Subsecretaría de Pesca

PESCA

Disposición 43/98

Prorrógase la utilización de la asignación de un cupo de merluza común, que fuera distribuido por Disposición Nº 12/98.

Bs. As., 3/3/98

B.O: 9/3/98

VISTO la Disposición Nº 12 de fecha 26 de enero de 1998 del Registro de esta SUBSECRETARIA DE PESCA dependiente de la SECRETARJA DE AGRICULTURA PESCA Y ALIMENTACION, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la citada norma se estableció un cupo de CINCO MIL (5000) toneladas de merluza común como parte proporcional del cupo previsto en la Resolución Nº 662 de fecha 15 de septiembre de 1997 del Registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, hasta tanto se estableciera el nuevo mecanismo para la asignación de dicho cupo entre las plantas de procesamiento en tierra que empleen mano de obra en relación de dependencia.

Que la citada norma preveía que el mencionado cupo sería repartido proporcionalmente, de acuerdo a la Resolución de la SECRETARIA DE PESCA de la Provincia de Buenos

Aires y que tendría vigencia hasta el 28 de febrero del corriente.

Que la SECRETARIA DE PESCA de la provincia de Buenos Aires informa que a la fecha de la presente, aun no se ha alcanzado a distribuir la totalidad del cupo asignado hasta el 28 de febrero próximo, solicitando en consecuencia que la opción de utilizar el mismo, sea prorrogada hasta el 31 de marzo de 1998.

Que el suscripto está facultado para el dictado de la presente en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1460 de fecha 12 de diciembre de 1996.

Por ello

EL SUBSECRETARIO DE PESCA

DISPONE:

Artículo 1º-Prorrogar hasta el 31 de marzo de 1998 la utilización de la asignación del cupo de CINCO MIL (5.000) toneladas de merluza común, que como parte proporcional del cupo previsto en la Resolución Nº 662 de fecha 15 de septiembre de 1997 del Registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, fuera distribuido por Disposición Nº 12 de fecha 26 de enero de 1998 del Registro de esta SUBSECRETARIA y repartido proporcionalmente de acuerdo a la oportuna resolución de la SECRETARIA DE PESCA de la Provincia de BUENOS AIRES.

Art. 2º-El cupo a repartir lo será en las mismas condiciones establecidas en la citada Disposición Nº 12 de fecha 26 de enero de 1998, del Registro de esta SUBSECRETARIA.

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése la Dirección Nacional del Registro Oficial

- Héctor M. Salamanco.