Secretaría de Industria, Comercio y Minería

INDUSTRIA AUTOMOTRIZ

Resolución 151/98

Apruébase un plan de intercambio compensado presentado por la firma Nakai Japan S.A.

Bs. As., 10/3/98

B.O..: 17/03/98

VISTO el Expediente Nº 060-005826/97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y,

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el VISTO la firma NAKAI JAPAN S.A. presenta, con el objeto de su aprobación, un plan de Intercambio Compensado.

Que la citada empresa fue incorporada al Régimen de la Industria Automotriz en carácter de empresa terminal mediante el dictado del Decreto Nº 864 de fecha 1º de septiembre de 1997.

Que la presentación del mencionado plan la efectúa conforme lo previsto en el artículo 99 del Decreto Nº 2677 de fecha 20 de diciembre de 1991, modificado por el artículo 49 del Decreto Nº 683 de fecha 6 de mayo de 1994.

Que el aludido plan contempla las operaciones de importación -exportación que la mencionada empresa proyecta realizar en el período que abarca el sexto bimestre del año 1997 y los años 1998 y 1999.

Que, de la correspondiente evaluación del referido plan, se ha concluído que el mismo cumple con las pautas que el Régimen de la Industria Automotriz prevé a ese respecto.

Que, en razón de ello, se ha estimado pertinente la aprobación del aludido plan mediante el dictado de la norma correspondiente.

Que por expediente M.E. y O.S.P. Nº 060-006340/97, que como foja SIETE (7) obra agregado al expediente M.E. y O.S.P. Nº 060-005826/97, la referida firma ha solicitado la prórroga, por el término de NOVENTA (90) días, del plazo otorgado por el artículo 3º del Decreto Nº 864/97, para la puesta en marcha y comienzo de la producción.

Que habiéndose considerado razonable la solicitud de dicha prorroga se ha estimado pertinente su otorgamiento.

Que la DIRECCION DE LEGALES DEL AREA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete,

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 26 del Decreto Nº 2677/91 y el artículo 49 del Decreto Nº 864/97.

Por ello:

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:

Artículo 1º-Apruébase el plan de intercambio compensado presentado por la firma NAKAI JAPAN S.A., cuyo detalle obra en UNA (1) planilla que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2º- Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente resolución se regirán por el artículo 99 del Decreto Nº 2677/91, modificado por el artículo 4º del Decreto Nº 683/94, así como también por los compromisos asumidos por la beneficiaria por el expediente M.E. y O.S.P. Nº 060-005826/97.

Art. 3º-Prorrógase por el término de NOVENTA (90) días el plazo otorgado por el artículo 3º del Decreto Nº 864/97.

Art. 4º-Notifíquese a la interesada.

Art. 5º-Comuniquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Alieto A. Guadagni.

Anexo I a la Resolución S.I.C. y M. Nº 151/98

Programa de Intercambio Compensado NAKAI JAPAN S.A. 1997/1999 (en miles de Dólares)

EXPORTACIONES
COMPONENTES MERCOSUR
5.584
VEHICULOS MERCOSUR
34.780
COMPONENTES EXTRAZONA
1.370
VEHICULOS EXTRAZONA
8.660
INVERSIONES
7.470
TOTAL
57.864
IMPORTACIONES
COMPONENTES
23.537
VEHICULOS
11.575
TOTAL
35.112
SALDO
22.752