Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica

PRODUCTOS COSMETICOS

Disposición 895/98

Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional del producto denominado Aloe Vera - Crema de Belleza Natural de la firma Laboratorio Naturista Oriente.

Bs. As., 16/3/98

B.O: 23/03/98

VISTO el Expediente N° 1 -47- 1110-368-97-6 del Registro de esta Administración Nacional; y

CONSIDERANDO:

Que los referidos actuados se inician en relación a la denuncia efectuada respecto del producto denominado ALOE VERA - CREMA DE BELLEZA NATURAL elaborado por la firma LABORATORIO NATURISTA ORIENTE.

Que el Instituto Nacional de Medicamentos a través del Servicio de Productos Cosméticos informa que la firma elaboradora no se encuentra habilitada y que respecto del producto, el mismo no ha sido registrado.

Que de acuerdo con lo reseñado puede concluirse que no se ha cumplimentado con las inscripciones regidas por las Resoluciones Ministeriales M.S. y A.S. N° 337/92 y 147/ 92, de lo que se extrae que la firma LABORATORIO NATURISTA ORIENTE comercializa el producto en cuestión sin contar con la previa autorización de la autoridad sanitaria competente, poniendo en riesgo la salud de la población.

Que el Instituto Nacional de Medicamentos y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en ejercicio del poder de policía que esta Administración Nacional ostenta en virtud de lo establecido en el Decreto 1490/92, Decreto N° 341 /92, normas concordantes y complementarias.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA

DISPONE:

Artículo 1°-Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional del producto denominado ALOE VERA - CREMA DE BELLEZA NATURAL de la firma LABORATORIO NATURISTA ORIENTE.

Art. 2°-Regístrese, comuníquese a las autoridades provinciales competentes, a la C.O.F.A., a la C.O.M.R.A., a la CAEME, a la CILFA, a la COOPERALA, a la CAPAMVel, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, cumplido remítase la copia autenticada de la presente al Departamento de Relaciones Institucionales y Comunicación Social.-Pablo M. Bazerque.