ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Resolución Nº 18/98 (DGA)

Determinación de Zona Primaria Aduanera.

Bs. As. 11/03/98.

B. O.: 23/03/98.

VISTO la Resolución N° 143/97 (D.G.A.), emanada de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, por la cual se crea una Comisión para delimitar las Zonas Primarias Aduaneras en las Aduanas del Interior, y

CONSIDERANDO:

Que verificada la documentación reunida oportunamente, la misma se encuentra en condiciones para proceder a la aprobación de la delimitación prevista para las zonas operativas correspondientes a la jurisdicción de la Aduana de BAHIA BLANCA.

Que el criterio aplicado para la delimitación propuesta, es la comprensión del mínimo espacio geográfico necesario, en el que se pueda ejercer el máximo control efectivo del Servicio Aduanero.

Que finalizada la visita de recorrida por los lugares operativos, haciendo un relevamiento "in situ" de los mismos. conforme surge del informe producido por el integrante de la Comisión referida, los perímetros propuestos reúnen los requisitos, en cuanto a su operatoria, para su definición como Zona Primaria Aduanera, en los términos del Artículo 5° inc. b) del Código Aduanero, Ley 22.415.

Que para ello es menester definir la Zona Primaria Aduanera como el ámbito en el cual se encuentran las instalaciones habilitadas para la realización de operaciones aduaneras, elementos éstos que figuran en los planos debidamente refrendados por el responsable de la Aduana y los intervinientes en el Acta en prueba de conformidad y demás antecedentes recogidos previamente que se agregan a la presente.

Que los lugares operativos a tener en cuenta para delimitar las Zonas Primarias Aduaneras en el PUERTO INGENIERO WHITE son: TERMINAL DE EMBARQUE CARGILL S.A.C.I., TERMINAL BAHIA BLANCA S.A., TERMINAL DE EMBARQUE GLENCORE-TOEPFER U.T.E., MUELLE DE CARGAS GENERALES PUERTO INGENIERO WHITE Y BALANZA FISCAL CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA BLANCA todos ellos correspondientes al RESGUARDO JURISDICCIONAL PUERTO INGENIERO WHITE. En el PUERTO GALVAN los lugares operativos: BALANZA FISCAL CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA BLANCA, MUELLE DE CARGAS GENERALES PUERTO GALVAN, TERMINAL DE EMBARQUE OLEAGINOSA MORENO HNOS. S.A. Y MUELLE DE INFLAMABLES correspondientes al DESTACAMENTO OPERATIVO PUERTO GALVAN y en el PUERTO ROSALES los lugares operativos: MUELLE DE CARGAS GENERALES PUERTO ROSALES, MONOBOYA PUNTA ANCLA Y MONOBOYA PUNTA CIGÜEÑA, correspondientes al DESTACAMENTO PUERTO ROSALES todos ellos en jurisdicción de la Aduana de BAHIA BLANCA.

Que el presente acto administrativo se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9° Apartado 2 Inciso g) del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1.997.

Por ello:

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º— Determinar los límites de las Zonas Primarias Aduaneras en Jurisdicción de la Aduana de BAHIA BLANCA conforme Plano General a escala 1:10.000 PUERTOS DE BAHIA BLANCA 1 Rev. 3/96 GCIA. INGENIERIA Y DESARROLLO del CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA BLANCA, como se indica seguidamente:

TERMINAL DE EMBARQUE CARGILL S.A.C.I., la totalidad de las instalaciones correspondientes a la BASCULA DE EMBARQUE ubicada en la torre de manipuleo, las GALERIAS DE EMBARQUE y el MUELLE CARGILL en toda su extensión, incluidos sus ESPIGONES DE AMARRE, de acuerdo a Plano a escala 1:500 obrante en los antecedentes identificado como Plano Nro. PL-1031 Conforme a Obra con fecha 30 de mayo de 1.994, sin rúbrica de profesional Competente y en fotocopia simple que corre agregado a la presente.

TERMINAL BAHIA BLANCA S.A., el total de las instalaciones correspondientes a las DOCE (12) BALANZAS DE EMBARQUE identificadas como K1A, K1B, K2A, K2B, K3A, K3B, K4A, K4B, K5A, K5B, K6A y K6B, ubicadas en el Nivel +25 de la torre de Manipuleo, Sector Puerto de Embarque del Elevador Nº 3, a las OCHO (8) CINTAS DE EMBARQUE identificadas como 17A, 17B, 18A, 18B, 19A, 19B, 20A Y 20B, la BALANZA DE MANIPULEO ubicada en el Nivel +54 del Elevador Nº 5 Piso de Básculas, los CAÑOS DE EMBARQUE al Sitio 9, la PLATAFORMA VOLCADORA correspondiente al Sistema de Embarque Directo y los CAÑOS DE EMBARQUE 4 y 5 al Sitio 9, la BASCULA DE CAMIONES del Sistema de Embarque Directo, las GALERIAS DE EMBARQUE y MUELLES DE ATRAQUE SITIO N° 5, SITIO N° 6, SITIO Nº 7, SITIO Nº 8 y SITIO Nº 9, de acuerdo con el Plano conforme a Obra en escala 1:1.000 rubricado por el Ingeniero Alberto D. SOUS Jefe Protec. de Planta que corre agregado a la presente.

TERMINAL DE EMBARQUE GLENCORE-TOEPFER U.T.E., la totalidad de las instalaciones correspondientes al MUELLE COMANDANTE LUIS PIEDRABUENA incluido su Duque de Alba, la TORRE CON TOLVA PARA DISTRIBUCION y BALANZA PESO CONTINUO identificada como VEINTIUNO (21) en las Referencias del Plano N° 001/C a escala 1:1.000 sin rúbrica de Profesional Competente, en fotocopia simple y cuya denominación figura como Cliente PLATESTIBA-RICHCOTOEPFER por corresponder a la firma propietaria anterior y las CINTAS DE EMBARQUE existentes sobre el mencionado Muelle.

MUELLE DE CARGAS GENERALES PUERTO INGENIERO WHITE, el total de las instalaciones correspondientes al SITIO 17, SITIO 18, SITIO 19 Y SITIO 20 desde el espejo de agua hasta la línea de galpones comprendidas dentro de la alambrada perimetral, conforme Plano General PUERTOS DE BAHIA BLANCA 1, mencionado inicialmente.

BALANZA FISCAL CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA BLANCA, la totalidad de las instalaciones correspondientes a la CABINA DE CONTROL, PLATAFORMA DE PESAJE y RAMPA DE ACCESO, ubicada en el PUERTO INGENIERO WHITE, frente a la PLAYA DE CAMIONES, sobre la continuación de la AVENIDA VELEZ SARFIELD Sin Número, a mitad de cuadra entre AVENIDA TENIENTE DE FRAGATA TEOFILO SALUS'TIO y AVENIDA ERNESTO PILLING, conforme Plano General PUERTOS DE BAHIA BLANCA 1 de mención.

BALANZA FISCAL CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO DE BAHIA BLANCA, la totalidad de las instalaciones y PLAYA DE ESTACIONAMIENTO DE CAMIONES comprendidas desde el vértice sudoeste del edificio del DESTACAMENTO PUERTO GALVAN, por la línea imaginaria que pasa por la pared sudoeste del galpón de la firma OLEAGINOSA MORENO HNOS. S.A. ubicado en el vértice sudeste que conforman la ruta de ingreso al Puerto y las Vías Férreas, por dicha línea imaginaria hasta su intersección con la línea imaginaria que pasa por la pared oeste del edificio aduanero y desde este punto, por la línea imaginaria referida hasta su intersección con el vértice sudeste de dicha construcción, conforme Plano General PUERTOS DE BAHIA BLANCA 1 de mención.

MUELLE DE CARGAS GENERALES PUERTO GALVAN, la totalidad de las instalaciones comprendidas sobre el MUELLE y PLAYA DE CAMIONES adyacentes al SITIO 5, desde el espejo de agua hasta la línea de galpones y desde el ingreso al Muelle hasta su borde sur, conforme Plano General PUERTOS DE BAHIA BLANCA 1 de mención.

TERMINAL DE EMBARQUE OLEAGINOSA MORENO HNOS. S.A., la totalidad de las instalaciones correspondientes a las BALANZAS DE EMBARQUE ubicadas en el nivel superior de las NORIAS DE EMBARQUE, los DUCTOS identificados como LINEA 1 y LINEA 2, LOS DUCTOS DE EMBARQUE, MUELLE TERMINAL OLEAGINOSA MORENO HNOS. S.A. en toda su extensión, desde el espejo de agua hasta la línea de galpones, SITIO 2, SITIO 3 y SITIO 4, conforme plano sin rúbrica de Profesional Competente, en el que se encuentra demarcada la Zona Primaria Aduanera que corre agregado a la presente.

MUELLE PARA INFLAMABLES, la totalidad de las instalaciones correspondientes a la PASARELA DE ACCESO y el MUELLE en toda su extensión, comprendido por la POSTA 1 y POSTA 2, conforme Plano General PUERTOS DE BAHIA BLANCA 1 de mención.

MUELLE DE CARGAS GENERALES PUERTO ROSALES, la totalidad de las instalaciones ubicadas en el Muelle desde su acceso y la totalidad del perímetro contiguo a la Ría, conforme plano a Escala 1:250.000 que en copia simple y sin rúbrica de Profesional Competente corre agregado a la presente.

MONOBOYA PUNTA CIGÜEÑA y MONOBOYA PUNTA ANCLA, ubicadas en el CANAL DE ACCESO AL PUERTO DE BAHIA BLANCA a la altura de los kilómetros VEINTIUNO Y MEDIO (21,5) y VEINTE Y MEDIO (20,5) respectivamente, la totalidad de la estructura flotante, conforme plano a escala 1:250.000 que en copia simple y sin rúbrica de Profesional Competente corre agregado a la presente.

ARTICULO 2º— Regístrese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL. Remítase copia de la presente a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, a la SECRETARIA ADMINISTRATIVA DEL MERCOSUR (MONTEVIDEO-R.O.U.) y a la SECRETARIA ADMINISTRATIVA DE ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION (MONTEVIDEO-R.O.U.). Cumplido, archívese. — OSMAR LUIS DE VIRGILIO, Director General - Dirección General de Aduanas. Administración Federal de Ingresos Públicos.

e. 23/3 Nº 220.711 v. 23/3/98