Secretaría de Culto

CULTO

Resolución 337/98

Cancélase la inscripción de entidades en el Registro Nacional de Cultos.

Bs. As., 2/2/98

B.O.: 24/03/98

VISTO la Ley 21.745. el Decreto 2037/79, los expedientes que resultaran inscriptos en el Registro Nacional de Cultos, los dictámenes de la Dirección General del Registro Nacional de Cultos y de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 2509/96 del Secretario de Culto, modificada por Resolución N° 2819/96, se dispone el relevamiento de entidades religiosas inscriptas, identificando las que no registren actividad desde el 1° de enero de 1991 y que ante la notificación fehaciente practicada sin obtener respuesta alguna hasta la fecha debe considerarse que las organizaciones religiosas mencionadas en el Anexo 1 (uno) han dejado de funcionar.

Que asimismo, debe tenerse presente que el plazo previsto para actualizar información por Resolución N° 2509/96 hasta el 20 de diciembre de 1996, fue prorrogado por Resolución del Secretario de Culto N° 230/97 hasta el 31 de marzo de 1997.

Que atento a que las entidades mencionadas en el Anexo 1 (uno) no han respondido a las notificaciones debidamente practicadas por este organismo, y que de ello se desprende una inexistencia de actividad religiosa desde hace más de seis años.

Que las entidades mencionadas han dejado de ejercer su actividad lo que comporta un incumplimiento del objeto por el cual han sido reconocidas por el Estado Nacional como tales.

Que la falta de cumplimiento de las actividades religiosas y su consecuente inexistencia como organizaciones constituye una de las causales de cancelación prevista por la Ley 21.745 en su artículo 39 inc. a).

Que la Dirección General del Registro Nacional de Cultos debe mantener actualizadas las Inscripciones conforme lo previsto en el artículo 1° del Decreto 2037/79 y dado que debe Interpretarse que las organizaciones religiosas mencionadas en el Anexo han dejado de funcionar, corresponde dictar el acto administrativo de cancelación de las mismas.

Por ello.

EL SECRETARIO DE CULTO

RESUELVE:

Artículo 1°- Cancélase la inscripción en el Registro Nacional de Cultos de las entidades indicadas en el Anexo 1 (uno) y declárase la caducidad e Invalidez de los Comprobantes de Inscripción indicados en el mismo Anexo. Solicítese a estas entidades la restitución de los comprobantes de Inscripción en el plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles administrativos de notificada la presente, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto 2037/79.

Art. 2°-Declárase la caducidad e invalidez de todos los Certificados para local filial emitidos por la Secretaría de Culto -Dirección General del Registro Nacional de Cultos - a nombre de esas entidades y solicitase la restitución de dichos certificados en el plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles administrativos de notificada la presente, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto 2037/79.

Art. 3° - Solicítese la pérdida de la personería, jurídica por ante los Organismos Competentes en aquellas asociaciones o fundaciones que la tengan y a cuyo fin ofíciese.

Art. 4°- Declárase la caducidad e invalidez de los Certificados de Registro de Firma del Registro Nacional de Cultos bajo los números Indicados y a favor de las personas identificadas en el Anexo 1 (uno) que forma parte de la presente Resolución.

Art.5°-Comuniquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Angel M. Centeno.

ANEXO I
CI
POR
ENTIDAD
DIRECCION
REGISTRO DE FIRMA
0551
Dir.Nac.Culto
IGLESIA BAUTISTA BIBLICA DE ITUZAINCO
PRINGLES 1135 (Ituzaingó)
MANUEL A. NEVIUS
0601
Dir.Nac.Culto
SOCIEDAD ESPIRITISTA "HACIA LA PERFECCION"
ZELARRAYAN 1381 (C.B.A.)
FELISA ARRAIZA DE PALLAS
0622
Dir.Nac.Culto
HACIA DIOS POR LA VERDAD
CORONEL FALCON 3211 (Lanús Oeste)
DOLORES N. LOPEZ
0653
Dir.Nac.Culto
IGLESIA CRISTIANA EVANGELICA EN ARGUELLO
FCO. GALLARDO S/N (Arguello -

Córdoba)
ESTEBAN SFOGGIA
0686
Dir.Nac.Culto
CRISTIANO UNIVERSAL
CUENCA 1089 (C.B.A.)
PEDRO ANACLETO AZOR
1440
Dir.Nac.Culto
SOCIEDAD ESPIRITISTA LA CRUZ DEL SACRIFICIO
A.S. VALIENTE 17 (C.B.A.)
JUANA ERNESTINA GIRONI DERAGO
1523
Sub.sec.Culto
IGLESIA EVANGELICA SILOH
BOUCHARD 1019 (Castillo)
ZENON MARQUEZ
1536
Sub.sec.Culto
CENTRO ESPIRISTISTA OXALA (SAGRADO CORAZON DE JESUS -OBA SANTA CATALINA)
J.M. PAZ 2043 (Castelar)
HORACIO ANGEL LAPOLA
1570
Sub.sec.Culto
LINEA DE UMBANDA HACIA LA LUZ
MADERO 553 (V. Alsina)
JOSE CAAMAÑO
1579
Sub.sec.Culto
IGLESIA EVANGELICA PENTECOSTAL "LA MISERICORDIA DE DIOS"
B.MITRE 3981 (Adrogué)
MARCELINO GUTIERREZ
1661
Sub.sec.Culto
IGLESIA EVANGELICA PENTECOSTAL LLAMA DE FUEGO
LAS DELICIAS 4204 (San Miguel)
FLORENCIO BENITEZ