Secretaría de Culto

CULTO

Resolución 936/98

Reconócese a las Misioneras de Cristo Resucitado, como persona jurídica y entidad de bien público.

Bs. As., 4/3/98

B.O: 30/3/98

VISTO lo solicitado por las MISIONERAS DE CRISTO RESUCITADO, y

CONSIDERANDO:

Que las MISIONERAS DE CRISTO RESUCITADO, es una Asociación Pública de fieles ordenada a la ser un Instituto Religioso, y que ha obtenido el reconocimiento de su personería jurídica eclesial a tenor del canon 312 del Código de Derecho Canónico, concedida por el Obispo Diocesano de San Miguel.

Que en razón de lo dispuesto en sus estatutos propios, de la condición de sus miembros, objetivo fundacional, y personalidad jurídica canónica antes referida, la peticionante encuadra en la norma del artículo 30 inciso f) del Decreto 491 del 21 de septiembre de 1995.

Que asimismo, la requirente ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente acompañando sus constituciones, decreto de erección y memoria debidamente aprobadas por la autoridad eclesiástica.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 24.483.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO

RESUELVE:

Artículo 1°-Reconocer como persona jurídica a las MISIONERAS DE CRISTO RESUCITADO, con sede legal en Avenida Mitre, número DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA (2840). Ciudad de San Miguel, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y domicilio especial en calle Hipólito Yrigoyen, número TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA (3780), CIUDAD DE BUENOS AIRES, la que queda inscripta bajo el número CIENTO CINCUENTA Y OCHO (158) del Registro de Institutos de Vida Consagrada.

Art. 2º-Reconocer a dicho Instituto de Vida Consagrada el carácter de entidad de bien público, a todos los efectos que correspondan.

Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese.-Angel M. Centeno.