Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

PROGRAMAS DE EMPLEO

Resolución 132/98

Asígnanse recursos a determinadas provincias para la aprobación de proyectos del Programa Trabajar II presentados durante los meses de enero y febrero de 1.998.

Bs. As., 27/02/98.

B.O: 30/3/98.

VISTO la Ley N° 24.013 por la cual el MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL tiene la facultad de entender en la elaboración de Políticas y Programas de Empleo y Capacitación Laboral: las Resoluciones M.T. y S.S. Nros.240 de fecha 16 de abril de 1997 y 53 de fecha 29 de enero de 1998; y

CONSIDERANDO:

Que es responsabilidad del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL la ejecución del Programa TRABAJAR II.

Que resulta importante a través de los Programas de Empleo Transitorio contribuir a la realización de obras de infraestructura social y servicios de promoción y desarrollo comunitario, mejorar la calidad de vida de la población en particular de sectores de menores recursos así como brindar ocupación transitoria a los trabajadores pobres.

Que los recursos disponibles para el Programa TRABAJAR II se distribuyen teniendo en cuenta el porcentaje de la población objetivo por provincia, asegurando criterios de equidad en la cobertura del mencionado Programa.

Que la Resolución M.T. y S.S. Nº 53/98 asigna fondos para la ejecución de proyectos del Programa TRABAJAR II aprobados en el mes de febrero de 1998.

Que en pos de atender a la especial situación de emergencia ocupacional que atraviesan las provincias de CORDOBA, CHACO, JUJUY, NEUQUEN, RIO NEGRO, SANTA FE y TUCUMAN es necesario aprobar proyectos por un monto superior al asignado por Resolución M.T. y S.S. N° 53/98.

Que durante el período invernal y como consecuencia de la rigurosidad climática, las provincias de SANTA CRUZ y TIERRA DEL FUEGO se vieron limitadas en la presentación de proyectos potencialmente viables, lo que motivo la subutilización del presupuesto.

Que las mencionadas provincias han solicitado aprobar proyectos por un monto superior al asignado por Resolución M.T. y S.S. Nº 53/98.

Que los fondos mencionados en los considerandos anteriores deberán ser descontados de lo que se asigne a dichas provincias durante el año 1998.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1º-Asignar a las provincias de CORDOBA la suma de PESOS DIECISIETE MIL DOSCIENTOS ($ 17.200), CHACO la suma de PESOS NOVENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS ($ 997.200), JUJUY la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE ($ 247.000), NEUQUEN la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS ($ 454.700), RIO NEGRO la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y UN MIL CIEN ($ 131.100), SANTA CRUZ la suma de PESOS CUARENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS ($ 49.300), SANTA FE la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SETECIENTOS ($ 483.700), TIERRA DEL FUEGO la suma de PESOS CINCUENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS ($ 58.900) y TUCUMAN la suma de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS ($ 465.800) para la aprobación de proyectos del Programa TRABAJAR II presentados durante los meses de enero y febrero de 1.998.

Art. 2º- Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, remítase copia autenticada al Departamento Publicaciones y Biblioteca y archívese. - Antonio E. González.