Secretaría de Empleo y Capacitación Laboral

PROGRAMAS DE EMPLEO

Resolución 164/98

Autorízase el inicio y la baja de diversos Proyectos Trabajar II.

Bs. As., 18/03/98.

B. O.: 30/03/98.

VISTO la Ley Nº 24.013; la Resolución M.I. y S.S. Nº 240 de fecha 16 de abril de 1.997; las Resoluciones S.E. y C.L. Nros. 265 de fecha 30 de junio de 1.997, 613 de fecha 1º de diciembre de 1.997, 21 de fecha 22 de enero de 1.998 y 85 de fecha 27 de febrero de 1.998; las notas recibidas de las GERENCIAS DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL de CHACO, de fecha 24 de febrero de 1.998; SANTA FE, de fechas 27 de febrero y 2 de marzo de 1.998; SALTA, de fecha 4 de marzo de 1.998, ENTRE RIOS, de fecha 4 de marzo de 1998; MISIONES, de fecha 5 de marzo de 1998; MENDOZA, de fecha 5 de marzo de 1998; el memorando emitido por el Departamento de Evaluación dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE EMPLEO Y CAPACITACION de fecha 5 de marzo de 1.998; y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 29 de la Resolución S.E. y C.L. Nº 202/97 dispone que los organismos responsables deberán comunicar a las GERENCIAS DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL (GECAL) los imprevistos que ocurran en el transcurso de los proyectos.

Que la DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE EMPLEO Y CAPACITACION (D.N.P.E. y C.) ha recibido notas por parte de la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL de CHACO en las que se comunica que los Proyectos TRABAJAR II Nros. 16-0512-01-8, 16-0519-01-B, 160520-01-8 y 16-0528-01-8 darán inicio a sus actividades a partir del día 2 de marzo de 1.998.

Que asimismo, la D.N.P.E. y C. ha recibido notas por parte de la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL de SANTA FE en las que se comunica la baja de los Proyectos TRABAJAR II Nros. 13-0383-01-7, 13-0384-01-7, 13-0385-01-7, 1-0386-017 y 13-1389-01-7.

Que asimismo, la D.N.P.E. y C. ha recibido una nota por parte de la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL citada precedentemente en la que se comunica que el Proyecto TRABAJAR II Nº 13-160701-8 dará inicio a sus actividades a partir del día 19 de abril de 1.998.

Que asimismo, la D.N.P.E. y C. ha recibido una nota por parte de la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL de SALTA, en la que se comunica que el Proyecto TRABAJAR II Nº 10-0404-01-8 dará inicio a sus actividades a partir del día 1º de abril de 1.998.

Que asimismo, la D.N.P.E. y C. ha recibido notas por parte de la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL de ENTRE RIOS en las que se comunica, en primer lugar, que el Proyecto TRABAJAR II Nº 06-0594-01-8, dará inicio a sus actividades a partir del día 4 de mayo de 1.998, y en segundo lugar, que los proyectos TRABAJAR II Nros. 06-0623-01-8 y 06-063501-8 darán inicio a sus actividades a partir del día 19 de abril de 1.998.

Que asimismo, la D.N.P.E. y C. ha recibido una nota por parte de la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL de MISIONES en la que se comunica que el Proyecto TRABAJAR II Nº 20-0685-01-8 dará inicio a sus actividades a partir del día 19 de abril de 1.998.

Que asimismo la D.N.P.E. y C. ha recibido una nota por parte de la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL de MENDOZA en la que se comunica que los Proyectos TRABAJAR II Nros. 09-0551-01-8, 09-0567-01-8, 09-0568-01-8, 09-057101-8, 09-612-01-8 y 09-0613-01-8 darán inicio a sus actividades a partir del día 1º de abril de 1.998.

Que es necesario elevar mensualmente al SISTEMA ADMINISTRATIVO FINANCIERO (S.A.F.) dependiente de la SECRETARIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL, la nómina de los proyectos aprobados por las Unidades Regionales de Aprobación del Programa TRABAJAR II, a fin de que el mismo comprometa el monto correspondiente a cada proyecto.

Que la Resoluciones S.E. y C.L. Nros.285/97, 613/97, 21/98 y 85/98 a través de sus artículos 1º asignan recursos para los proyectos mencionados.

Que la presente encuadra en los artículos 143 y 150 de la Ley Nº 24.013, en el artículo 9 de la Resolución M.T. y S.S. Nº 240/97, y se dicta en ejercicio de las facultades establecidas por la Resolución S.E. y C.L. Nº 202/97.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL

RESUELVE:

Artículo 1º- Autorizar el inicio de los Proyectos TRABAJAR II Nros. 16-0512-01-8, 160519-01-8, 16-0520-01-8 y 16-0528-01-8, de la provincia de CHACO, aprobados mediante Resolución S.E. y C.L. Nº 21/98, a partir del día 2 de marzo de 1.998 y asignar recursos a los mismos por un plazo de CUATRO (4) meses, hasta el día 30 de junio de 1.998, para los tres primeros y por un plazo de SEIS (6) meses, hasta el día 31 de agosto de 1.998, para el último.

Art. 2º- Autorizar la baja de los Proyectos TRABAJAR II Nros. 13-0383-01-7, 13-0384-017, 13-0385-01-7 y 13-0386-01-7de la provincia de SANTA FE, aprobados mediante Resolución S.E. y C.L. Nº 285/97, con DIEZ (10) beneficiarios, por un plazo de SEIS (6) meses y un monto a cargo del Programa de PESOS DOCE MIL ($ 12.000) para el primero, con NUEVE (9) beneficiarios, por un plazo de SEIS (6) meses y un monto a cargo del Programa de PESOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS ($ 10.800) para el segundo, con SEIS (6) beneficiarios, por un plazo de SEIS (6) meses y un monto a cargo del Programa de PESOS SIETE MIL DOSCIENTOS ($ 7.200) para el tercero y con DIEZ (10) beneficiarios, por un plazo de SEIS (6) meses y un monto a cargo del Programa de PESOS DOCE MIL ($ 12.000) para el último.

Art. 3º- Autorizar la baja del Proyecto TRABAJAR II Nº 13-1389-01-7 de la provincia de SANTA FE, aprobado mediante Resolución S.E. y C.L. Nº 613/97, con SESENTA Y TRES (63) beneficiarios, por un plazo de CUATRO (4) meses y un monto a cargo del Programa de PESOS CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS ($ 50.400).

Art. 4º- Autorizar el inicio del Proyecto TRABAJAR II Nº 13-1607-01-8 de la provincia de SANTA FE, aprobado mediante Resolución S.E. y C.L. Nº 21/98, a partir del día 1º de abril de 1.998 y asignar recursos al mismo por un plazo de SEIS (6) meses, hasta el día 30 de setiembre de 1.998.

Art. 5º- Autorizar el inicio del Proyecto TRABAJAR II Nº 10-0404-01-8 de la provincia de SALTA, aprobado mediante Resolución S.E. y C.L. Nº 85/98, a partir del día 19 de abril de 1.998 y asignar recursos al mismo por un plazo de SEIS (6) meses, hasta el día 30 de setiembre de 1.998.

Art.6º- Autorizar el inicio del Proyecto TRABAJAR II Nº 06-0594-01-8 de la provincia de ENTRE RIOS, aprobado mediante Resolución S.E. y C.L. Nº 21/98, a partir del día 4 de mayo de 1.998 y asignar recursos al mismo por un plazo de SEIS (6) meses, hasta el día 31 de octubre de 1.998.

Art. 7º- Autorizar el inicio de los Proyectos TRABAJAR II Nros.06-0623-01-8 y 06-0635-01-8 de la provincia de ENTRE RIOS, aprobados mediante Resolución S.E. y C.L. Nº 85/98, a partir del día 1º de abril de 1.998 y asignar recursos a los mismos por un plazo de SEIS (6) meses, hasta el día 30 de setiembre de 1.998, para el primero y por un plazo de CUATRO (4) meses, hasta el día 31 de julio de 1.998, para el segundo.

Art. 8º- Autorizar el Inicio del Proyecto TRABAJAR II Nº 20-0685-01-8 de la provincia de MISIONES, aprobado mediante Resolución S.E. y C.L. Nº 85/98, a partir del día 19 de abril de 1.998 y asignar recursos al mismo por un plazo de TRES (3) meses, hasta el día 30 de junio de 1.998.

Art. 9º- Autorizar el inicio de los Proyectos TRABAJAR II Nros. 09-0551-01-8, 09-0567-01-8 y 09-0571-01-8 de la provincia de MENDOZA, aprobados mediante Resolución S.E. y C.L. Nº 21/98, a partir del día 19 de abril de 1.998 y asignar recursos a los mismos por un plazo de TRES (3) meses, hasta el día 30 de junio de 1.998 para el primero, y por un plazo de SEIS (6) meses, hasta el día 30 de setiembre de 1.998 para los DOS (2) últimos.

Art. 10.- Autorizar el inicio del Proyecto TRABAJAR II Nº 09-0568-01-8 de la provincia de MENDOZA, aprobado mediante Resolución S.E. y C.L. Nº 21/98, a partir del día 19 de abril de 1.998 y asignar recursos al mismo por un plazo de CUATRO (4) meses, hasta el día 31 de julio de 1.998.

Art. 11.- Autorizar el inicio de los Proyectos TRABAJAR II Nros.09-0612-01-8 y 09-0613-01-8 de la provincia de MENDOZA, aprobados mediante Resolución S.E. y C.L. Nº 85/98, a partir del día 19 de abril de 1.998 y asignar recursos a los mismos por un plazo de CINCO (5) meses, hasta el día 31 de agosto de 1.998, para el primero, y por un plazo de CUATRO (4) meses, hasta el día 31 de julio de 1.998 para el último.

Art. 12.- Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, remítase copia autenticada al Departamento Publicaciones y Biblioteca y archívese. - Diego A. Estévez.