Ministerio de Industria, Comercio y Minería

INDUSTRIA AUTOMOTRIZ

Resolución 220/98

Apruébase un plan de intercambio compensado presentado por 1a firma Teknopres S.A

Bs. As., 31/3/98

B.O: 3/4/98

VISTO el expediente Nº 060-001919/97, del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la firma TEKNOPRES S.A., con domicilio en Ruta Provincial N° 36 -Km 37,500- Berazategui - Provincia de Buenos Aires, solicita la aprobación de un plan de intercambio compensado que proyecta desarrollar como empresa autopartista independiente de la industria automotriz.

Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos de la legislación aplicable.

Que la Subsecretaría de Industria ha evaluado el pedido de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 19 de la Resolución ex-S. M. e I. N9 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. N° 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1997.

Que la DIRECCION DE LEGALES DEL AREA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido en los artículos 69 y 14 del Decreto Nº 33 del 15 de enero de 1996 y en el artículo 19 de la Resolución ex-S.M. e I. N° 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M. N° 291 del 11 de abril de 1997.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA RESUELVE:

Artículo 1º-Apruébase el plan de intercambio compensado presentado por la firma TEKNOPRES S.A., con domicilio en Ruta Provincial N° 36 - Km 37,500 - Berazategui - Provincia de Buenos Aires, con las condiciones que se indican en el Anexo de UNA (1) foja que forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2º-Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente resolución se regirán por el Decreto N° 33 del 15 de enero de 1996, por la Resolución ex-S.M. e I. Nº 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M. N° 291 del 11 de abril de 1997 y por la presente, como así también por los compromisos asumidos por la beneficiaria en el expediente M.E. y O. y S.P. N° 060-001919/97.

Art. 3º-Déjase establecido que a los efectos que hubiere lugar, la firma TEKNOPRES S.A. constituye domicilio especial en Av. Belgrano 367 - Piso 10 - Capital Federal, donde serán validas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o controversia la jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.

Art. 4º-La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente de su notificación.

Art. 5º-Remítase copia de la presente resolución a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Art. 6º-Notifiquese a la interesada.

Art. 7º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Alieto A. Guadagni.

ANEXO A LA RESOLUCION S.I.C. y M. Nº 220

Expediente N° 060-001919/97

Empresa: TEKNOPRES S.A.

Productos a Exportar:
POSICION N.C.M. DESCRIPCION;
8708.39.00Pedalera
8708.39.00Palanca freno de mano
8708.39.00Disco portafrenos
8708.99.00Cuerpo mecanismo cinturón de seguridad
8708.99.00Lenguetas y trabas cinturón de seguridad
8708.99.00Tapas y bafles silenciadores
8708.99.00Refuerzo interno carrocería
8708.99.00Rieles corredora asientos


Productos a Importar:
POSICION N.C.M. DESCRIPCION
7318.16.00Tuercas
7318.15.00Tornillos y Pernos
7318.22.00Arandelas
8708.29.99Bujes
7318.23.00Remaches
7326.90.00Placa fijación bisagra automóvil