Secretaría de Culto

CULTO

Resolución 890/98

Reconócese a las Hermanas Pobres Bonaerenses de San José, como persona jurídica y entidad de bien público.

Bs. As., 4/3/98

B.O: 6/04/98

VISTO lo solicitado por las HERMANAS POBRES BONAERENSES DE SAN JOSE, y

CONSIDERANDO:

Que las HERMANAS POBRES BONAERENSES DE SAN JOSE, es un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado su carácter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme las normas del Código de Derecho Canónico.

Que la solicitante ha cumplido con todos dos requisitos exigidos por la normativa vigente, acompañando sus constituciones, decreto de erección y memoria, debidamente aprobadas por la autoridad eclesiástica.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley Nº 24.483.

Por ello.

EL SECRETARIO DE CULTO

RESUELVE:

Artículo 1º-Reconocer como persona jurídica a las HERMANAS POBRES BONAERENSES DE SAN JOSE, con sede legal en Avenida Presidente Perón, número SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO (734), Partido de San Miguel, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y domicilio especial en calle Azcuénaga, número MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS (1266), Ciudad de BUENOS AIRES, la que queda inscripta bajo el número CIENTO CINCUENTA Y CINCO 1155) del Registro de Institutos de Vida Consagrada.

Art. 2º-Reconocer a dicho Instituto de Vida Consagrada el carácter de entidad de bien público, a todos los efectos que correspondan.

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese.-Angel M. Centeno.