Secretaría de Hacienda

DEUDA PUBLICA

Resolución 157/98

Dispónese la emisión de "Bonos de la República Argentina de Cupón Variable con Vencimiento 2005".

Bs. As., 1/4/98

B.O: 7/04/98

VISTO el Expediente Nº 001-001077/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la Ley Nº 24.938, los Decretos Nº 1161 de fecha 5 de julio de 1994, Nº 862 de fecha 29 de agosto de 1997, y la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 142 del 25 de marzo de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 1161/94 se encomendó al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS la registración de títulos de la deuda pública, ante la "SECURITIESAND EXCHANGE COMMISSION" de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, por un importe que no supere la cifra de VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES DOS MIL MILLONES (V.N. U$S 2.000.000.000).

Que por Decreto Nº 862/97 se incremento el monto autorizado a registrar y emitir hasta un VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES DOCE MIL MILLONES (V.N. U$S 12.000.000.000) que pueden ser utilizados en las autorizaciones de la Ley de Presupuesto de cada ejercicio o en el marco del artículo 65 de Ley Nº 24.156.

Que por Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 142/98 se procedió a la registración de títulos de la deuda pública ante la "SECURITIES AND EXCHANGE; COMMISSION" de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA por un momo adicional de hasta VALOR NOMINAL DE DOLARES ESTADO UNIDENSES DOS MIL MILLONES (V.N. U$S 2.000.000.000), alcanzando un monto total registrado de VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES DIEZ MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA MILLONES (V.N. U$S 10.850.000.000).

Que en esta oportunidad se han recibido ofertas de diferentes instituciones financieras internacionales para realizar la emisión de un Bono de la REPUBLICA ARGENTINA, siendo la oferta de MORGAN STANLEY & CO INCORPORATED la más conveniente.

Que se ha recibido la opinión del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA especificada en el articulo 61 de la Ley Nº 24.156.

Que la presente se encuentra dentro de los límites establecidos en la Ley Nº 24.938 constituyendo la colocación de los instrumentos, financiamiento de la Administración Central de acuerdo a la Planilla Anexa Nº 8 del artículo 6º de la mencionada Ley.

Que el suscripto se encuentra facultado para emitir la presente Resolución en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 1161 de fecha 15 de julio de 1994 modificado por el Decreto Nº 862 de fecha 29 de agosto de 1997y por el artículo 6º de la Ley Nº 24.938.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1º-Dispónese la emisión de "BONOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA DE CUPON VARIABLE CON VENCIMIENTO 2005", a través de MORGAN STANLEY & CO INCORPORATED con fecha 13 de abril de 1998, de acuerdo con las siguientes condiciones financieras:

Monto: VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES UN MIL MILLONES (V.N. U$S 1.000.000.000).

Fecha de emisión: 13 de abril de 1998

Fecha de vencimiento: 10 de abril de 2005.

Plazo: SEIS (6) años, ONCE (11) meses y VEINTISIETE (27) días.

Amortización: integra al vencimiento.

Tasa de interés: flotante y ajustable, tomando como base el rendimiento promedio de los CINCO (5) días hábiles anteriores a los DOS (2) días hábiles anteriores al vencimiento del cupón vigente del "BONO EXTERNO GLOBAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA 11 % 1996-2006", menos VEINTICINCO PUNTOS BASICOS (25 p.b.) o CERO CON VEINTICINCO POR CIENTO (0,25%). Por cada día, excepto los últimos CINCO (5) días hábiles del periodo, en las cuales el rendimiento al vencimiento del "BONO EXTERNO GLOBAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA 9,75% 1997-2027" menos el rendimiento al vencimiento del Bono del Tesoro Estadounidense de referencia ("US Treasury") de TREINTA (30) años de plazo sea igual o mayor que el "Valor Límite" fijado, las notas devengaran un interés adicional igual al UNO POR CIENTO (1%), sobre el rendimiento del "BONO EXTERNO GLOBAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA 11% 19962006" menos VEINTICINCO PUNTOS BASICOS (25 p.b.) o CERO CON VEINTICINCO POR CIENTO (0,25%). El rendimiento del "BONO EXTERNO GLOBAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA 11% 1996-2006" menos VEINTICINCO PUNTOS BASICOS (25 p.b.) para el primer periodo es de OCHO CON SETECIENTOS VEINTISEIS MILESIMOS POR CIENTO (8.726%). La tasa de interés se fija con base anual pagadera semestralmente, usando para el cálculo del monto de interés a pagar en cada cupón, los días efectivamente transcurridos y la cantidad exacta de días que tiene cada año (actual / actual).

Margen de Sobretasa: es la diferencia entre el rendimiento promedio de los CINCO (5) días hábiles anteriores a los DOS (2) días hábiles anteriores al vencimiento del cupón vigente, del "BONO EXTERNO GLOBAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA 9,75% 1997-2027" y el rendimiento promedio de los CINCO (5) días hábiles anteriores a los DOS (2) días hábiles anteriores al vencimiento del cupón vigente, del Bono del Tesoro Estadounidense de referencia ("US Treasury") de TREINTA (30) años de plazo. El "Margen de Sobretasa" para el primer periodo es de TRESCIENTOS OCHENTA Y UNO CON TREINTA CENTISIMOS PUNTOS BASICOS (381,30 p.b.).

Valor Límite: es el que surge de la suma de CIEN PUNTOS BASICOS (100 p.b.) al "Margen de Sobretasa". El "Valor Límite" para el primer periodo es de CUATROCIENTOS OCHENTA Y UNO CON TREINTA CENTESIMOS PUNTOS BASICOS (481,30 p.b.).

Precio de emisión: CIEN POR CIENTO (100%).

Gastos de colocación: hasta un total de DOLARES ESTADOUNIDENSES VEINTE MIL (U$S 20.000).

Gastos de traducción: hasta un total de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (u$s 5.000).

Comisión: CERO CON OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MILESIMOS POR CIENTO (0,875%).

Art. 2º-Desígnase a MORGAN STANLEY INTERNATIONAL LIMITED como "Agente de Determinación" de esta emisión en particular.

Art. 3º-Apruébanse los contratos de Acuerdo de Suscripción "Underwriting Agreement" y Acuerdo de Agente de Determinación "Determination Agent Agreement", cuyas copias en idioma ingles y sus traducciones al español obra como Anexos a la presente Resolución.

Art. 4º-Autorízase al señor Subsecretario de Financiamiento, Dr. Miguel Alberto K1GUEL, o al señor Representante Financiero en la Ciudad de WASHINGTON de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, Licenciada Noemí LA GRECA, o al Representante Financiero Alterno en la misma ciudad, Doctor Carlos Eduardo WEITZ, o al Representante Financiero Alterno en EUROPA, Licenciado Agustín VILLAR, o al señor Director Nacional de Informaciones y Negociaciones Crediticias, Licenciado Federico Carlos MOLINA, a suscribir en forma indistinta la documentación, sustancialmente acorde a la aprobada por el artículo 3º y toda aquella que resulte necesaria para instrumentar la operación referida en el artículo 1º de la presente Resolución.

Art. 5º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Pablo E. Guidolti.

NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Capital Federal).