CONSEJO INTERAMERICANO PARA EL DESARROLLO INTEGRAL

Decreto 382/98

Dáse por designado Coordinador Nacional de la Tercera Reunión Ordinaria del citado órgano de la Organización de los Estados Americanos, destinado a promover la cooperación solidaria entre los Estados miembros con el fin de lograr su desarrollo integral, que se llevó a cabo en la ciudad de Buenos Aires.

Bs. As., 3/4/98

B.O: 14/4/98

VISTO lo propuesto por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO. y

CONSIDERANDO:

Que se llevó a cabo en Buenos Aires la TERCERA REUNION ORDINARIA DEL CONSEJO INTERAMERICANO PARA EL DESARROLLO INTEGRAL (CIDI), entre los días 25 y 26 de marzo de 1998.

Que el CONSEJO INTERAMERICANO PARA EL DESARROLLO INTEGRAL (CIDI) es un órgano de la ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS destinado a promover la cooperación solidaria entre los Estados miembros con el fin de lograr su desarrollo integral.

Que, conforme el Artículo 11 del Capítulo IV del "ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA SECRETARIA GENERAL DE LA ORCANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS, RELATIVO A LA CELEBRACION DE LA TERCERA REUNION ORDINARIA DEL CONSEJO INTERAMERICANO PARA EL DESARROLLO INTEGRAL", fue necesario designar un Coordinador de Servicios del país sede, en este caso la República, para coordinar con la Secretaría General las actividades involucradas en la organización del referido evento.

Que el señor Ministro Plenipotenciario de primera clase D. Gregorio Jorge DUPONT, por sus conocimientos y experiencia reconocida en la materia, fue la persona considerada idónea para tal designación.

Que dada la magnitud del suceso y la jerarquía de los representantes de los restantes Estados miembros, el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONALY CULTO propuso se le otorgue al referido funcionario el rango protocolar de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario hasta la finalización del evento de referencia.

Que es competencia del PODER EJECUTIVO NACIONAL disponer la asignación de la categoría inmediata superior a los funcionarios de las categorías "B" y "C" del Servicio Exterior de la Nación, al solo efecto protocolar, en concordancia con lo establecido en el articulo 7° del Reglamento de la Ley Orgánica del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 aprobado por Decreto N° 1973 de fecha 28 de octubre de 1986.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°-Dáse por designado Coordinador Nacional de la TERCERA REUNION ORDINARIA DEL CONSEJO INTERAMERICANO PARA EL DESARROLLO INTEGRAL (CIDI), que se celebró entre los días 25 y 26 de marzo de 1998, en la ciudad de Buenos Aires, al funcionario de la categoría "B", Ministro Plenipotenciario de primera clase D. Gregorio Jorge DUPONT (M.I. N° 4.377.771), con las siguientes facultades:

a) Coordinar todas las acciones necesarias para la celebración de la citada reunión bajo responsabilidad de las demás áreas del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INERNACIONAL Y CULTO.

b) Supervisar los aspectos logísticos, administrativos y organizativos de las correspondientes áreas del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

c) Coordinar y supervisar las acciones necesarias, entre el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y las demás áreas competentes de la Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal, vinculadas con el evento.

Art. 2°-Dáse por asignada la categoría de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, al solo efecto del rango protocolar, al funcionario que se consigna en el Artículo 1°, durante el período que desempeño las funciones de COORDINADOR NACIONAL de la TERCERA REUNION ORDINARIA DEL CONSEJO INTERAMERICANO PARA EL DESARROLLO INTEGRAL (CIDI).

Art. 3°-Los gastos que ocasione el presente Decreto se imputarán a las partidas específicas del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Art. 4°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -MENEM.-Guido Di Tella.