Secretaría de Empleo y Capacitación Laboral

PROGRAMAS DE EMPLEO

Resolución 256/98

Autorízase la baja directa de un proyecto del Programa Trabajar II de la Provincia de San Juan, destinado al alumbrado público de Villa Borjas.

Bs. As., 5/5/98

B.O: 08/05/98

VISTO el Expediente N° 1-2015-00001015100/98 del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T. y S.S.), la Ley N° 24.013, la Resolución M.T. y S.S. N° 240 de fecha 16 de abril de 1997, las Resoluciones S.E. y C.L. Nros. 202 de fecha 28 de mayo de 1997, 315 de fecha 8 de julio de 1997, y 554 de fecha 29 de octubre de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que el Gerente de Empleo y Capacitación Laboral de San Juan solicito la suspensión preventiva del pago de las ayudas económicas de los beneficiarios del Proyecto Nº 110275-01-7 del Programa TRABAJAR II.

Que el Organismo Responsable, la MUNICIPALIDAD DE 25 DE MAYO, de la Localidad de Villa Santa Rosa, Provincia de SAN JUAN, presentó en el marco del Programa TRABAJAR II un proyecto que fue aprobado por la Resolución S.E. y C.L. N° 554/97, cuyo número es 11-0275-01-7, siendo su fecha de inicio el 1° de noviembre de 1997y su plazo de ejecución de SEIS (6) meses.

Que de las Resoluciones S.E. y C.L. Nros. 202/97 y 315/97 surgen las obligaciones asumidas por los Organismos Responsables en cuanto a la ejecución de los proyectos aprobados, y las condiciones en que deben desarrollarse conforme a los diseños oportunamente presentados.

Que la primera supervisión externa detecto, en la visita de fecha 13 de noviembre de 1997, la existencia previa de la obra proyectada.

Que el Director Regional de Cuyo en cumplimiento de lo previsto en el Artículo 5° de la Resolución S.E. y C.L. N° 315/97 dispuso la sanción provisoria, y envió todos los antecedentes a la DIRECCION DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL EMPLEO Y LA CAPACITACION LABORAL.

Que atento lo dispuesto en el Artículo 2° de la Resolución S.E. y C.L. N° 315/97 la existencia previa de la obra origina la baja del proyecto de pleno derecho.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Resolución S.E. y C.L. N° 315/97.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL

RESUELVE:

Artículo 1º-Autorizar la baja directa del Proyecto N° 11-0275-01-7 del Programa TRABAJAR II, de la Provincia de SAN JUAN, destinado al alumbrado público de Villa Borjas, asimismo suspender en la participación del Programa TRABAJAR II por el término de SEIS (6) meses a partir de notificada la presente, a la MUNICIPALIDAD DE 25 DE MAYO.

Art. 2º-Comunicar, a la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL DE SAN JUAN, por intermedio de la DIRECCION DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL, la presente Resolución, a fin de que se proceda a la notificación de lo dispuesto a la MUNICIPALIDAD DE 25 MAYO.

Art. 3º-Comunicar, con carácter de urgente, por intermedio de la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL DE SAN JUAN, a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (AN&S) la baja del Proyecto N° 11-0275-01-7 de la Provincia de SAN JUAN.

Art. 4º-Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, remítase copia autenticada al Departamento Publicaciones y Biblioteca y archívese.-Diego A. Estévez.