EXTRADICION

Decreto 585/98

Autorízase la entrega inmediata a la República Italiana, de un ciudadano argentino.

Bs. As., 19/5/98

B.O: 27/5/98

VISTO el expediente Nro. 904/94 del Registro de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y

CONSIDERANDO:

Que el ciudadano argentino Néstor Eduardo GUARRIELLO (D.N.I. Nro. 10.672.460) es requerido por el Tribunal de Venecia, REPUBLICA ITALIANA, por los delitos de asociación ilícita dedicada al trafico de sustancias estupefacientes y tráfico agravado de sustancias estupefacientes.

Que por sentencia del 5 de Diciembre de 1997, el Juzgado Federal Nro. 1 de La Plata, Provincia de BUENOS AIRES, declaró procedente la extradición solicitada.

Que el Juzgado Federal Nro. 1 de Lomas de Zamora, Provincia de BUENOS AIRES, en causa Nro. 4032 "GUARRIELLO, Néstor Eduardo s/infracción artículos 292, 293 y 296 del Código Penal" dictó el 30 de Septiembre de 1996 el procesamiento del nombrado sin prisión preventiva, por encontrarlo -prima facie- y por semi plena prueba autor responsable del delito de adulteración de documento público, en grado de partícipe necesario, lo que obstaría en principio a la extradición solicitada.

Que la Ley 24.767 en su artículo 39 faculta al PODER EJECUTIVO NACIONAL a decidir sobre la conveniencia de la entrega o postergación, aun ante la existencia de causas pendientes en la REPUBLICA ARGENTINA.

Que la postergación de la entrega conlleva la puesta inmediata en libertad decretada en la citada causa N° 4032, permitiendo así que el requerido se substraiga a la extradición concedida.

Que el Tratado de Extradición entre la REPUBLICAARGENTINA y la REPUBLICA ITALIANA, suscripto el 9 de Diciembre de 1987, en su artículo 10, faculta la entrega de la persona sometida a juicio en el Estado requerido.

Que los delitos por los cuales se concedió la extradición son de una entidad evidente y significativamente más grave que el que motiva la causa en trámite ante el Juzgado Federal Nro. 1 de Lomas de Zamora, Provincia de BUENOS AIRES,

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, se expidió en ese sentido en virtud que dicha situación está contemplada en el artículo 39, inc. a), segundo párrafo, de la ley 24.767.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para dictar la presente medida en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 36 y 39 de la ley 24.767 y del artículo 10 del Tratado de Extradición citado, que fuera aprobado por ley 23.719.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°-Autorízase la entrega inmediata del ciudadano argentino Néstor Eduardo GUARRIELLO (D.N.I. Nro. 10.672.460) a la REPUBLICA ITALIANA, a los efectos de someterlo a juicio por ante el Tribunal de Venecia, conforme la sentencia dictada el 5 de Diciembre de 1997 por el Señor Juez Federal Nro. 1 de La Plata, Provincia de BUENOS AIRES, Doctor Manuel Humberto Blanco, en la causa Nro. 95.626.Tal entrega se efectuará con la condición de que en caso de disponerse su libertad en dicho país se informe el domicilio que fije el extraditado y se lo restituya a la REPUBLICA ARGENTINA en la oportunidad en que se lo requiera en la causa Nro. 4032, en trámite ante el Juzgado Federal Nro. 1 de Lomas de Zamora, Provincia de BUENOS AIRES.

Art. 2°-Comuníquese la decisión adoptada a los Juzgados Federales en lo Criminal y Correccional N° 1 de Lomas de Zamora y N° 1 de La Plata, Provincia de BUENOS AIRES, así como al Señor Procurador General de la Nación.

Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge A. Rodríguez.- Guido Di Tella.-Raúl E. Granillo Ocampo