BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

COMUNICACION "A" 2700 (12/05/98). Ref.: Circular CAMCO 1-105. Sistema Nacional de Pagos - Compensación electrónica de instrumentos - Truncamiento de cheques.

B.O.: 27/5/98

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Comunicamos a Uds. que se ha dispuesto implementar la operatoria de truncamiento de cheques a partir del 31 de julio del corriente año. En tal sentido, las entidades depositarias de cheques deberán retenerlos cuando su importe sea menor o igual a $ 700 (setecientos pesos) y enviar en forma electrónica a las entidades giradas, y a través de la cámara compensadora correspondiente, los datos identificatorios de dichos documentos para que estas confirmen o rechacen su pago (Comunicación "A" 2559).

Con anterioridad a dicha fecha y a efectos de cubrir las obligaciones legales y reglamentarias inherentes a la puesta en funcionamiento de esta modalidad, las entidades financieras deberán suscribir convenios que regulen los deberes a asumir.

e. 27/5 N°228.680 v.27/5/98