Secretaría de Empleo y Capacitación Laboral

PROGRAMAS DE EMPLEO

Resolución 311/98

Asígnanse recursos a un proyecto del Programa Trabajar II de Conurbano.

Bs. As., 11/5/98

B.O: 06/04/98

VISTO la Ley Nº 24.013; las Resoluciones M.T. y S.S. Nros. 240 de fecha 16 de abril de 1997, 311 de fecha 23 de abril de 1998, la Resolución S.E. y C.L. Nº 202 de fecha 8 de mayo de 1997; el Acta emitida por la Unidad Regional de Aprobación del Programa TRABAJAR II de la región Buenos Aires en el mes de abril; la nota emitida por la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL de CONURBANO, de fecha 10 de mayo de 1998; y

CONSIDERANDO:

Que durante los días 21 al 24 de abril de 1998 se constituyó la Unidad Regional de Aprobación del Programa TRABAJAR II (URAT) en la región Buenos Aires a efectos de evaluar y aprobar los proyectos presentados durante el mes de abril de 1998.

Que en dicha URAT han participado, en carácter de observadores, Representantes del Sector Empresario, de la CONFEDERACION GENERAL DEL TRABAJO (CGT) y de los Gobiernos Provinciales.

Que por involuntario error, se omitió incluir en el Acta de Aprobación de Proyectos emitida por la URAT precedentemente citada, un Proyecto que habla sido aprobado.

Que es necesario elevar mensualmente al SISTEMA ADMINISTRATIVO FINANCIERO Nº 353 (SAF), la nómina de los proyectos aprobados por las URAT, a fin de que el mismo comprometa el monto correspondiente a cada proyecto.

Que las actividades propuestas en los proyectos aprobados por la SECRETARIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL deberán ejecutarse en su totalidad respetando los beneficiarios y recursos asignados.

Que la Resolución M.T. y S.S. Nº 311/98 asigna fondos para la ejecución de proyectos del Programa TRABAJAR II aprobados en el mes de abril de 1998.

Que la presente encuadra en los artículos 143 y 150 de la Ley Nº 24.013, y en el artículo 9º de la Resolución M.T. y S.S. Nº 240/97, y se dicta en ejercicio de las facultades establecidas por la Resolución S.E. y C.L. Nº 202/97.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL

RESUELVE:

Artículo 1º-Asignar al proyecto del Programa TRABAJAR II de CONURBANO, los recursos que se indican en las planillas que integran el ANEXO II de la presente Resolución. Dichos recursos serán deducidos de los fondos asignados, conforme lo indican la Resolución M.T. y S.S. Nº 311/98.

Art. 2º-El proyecto aprobado dio inicio a sus actividades a partir del día estipulado en la columna de fecha de inicio detallado en el ANEXO I.

Art. 3º-Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, remítase copia autenticada al Departamento Biblioteca y archívese.-Diego A. Estévez.

ANEXO I

PROGRAMA TRABAJAR II

PROVINCIA. BUENOS AIRES (CONURBANO)
Nº de Aprobación DeptoLocalidad Organismo Ejecutor Nombre del ProyectoCant. Benef. Dur.Ay. ec. mens. Dedic. P/CFecha Inicio Monto F.N.E.
25 0161 0 1 8Exaltación de la cruz Exaltación de la cruz Municip.Terminación de Bº Trabajar 16 viviendas 506 200C 4/05/9860,000

Total de proyectos: 1. .50 .60,000