Secretaría de Asuntos Técnicos y Legislativos

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

Resolución 47/98

Fíjase el precio de venta al público de la Separata conteniendo las Leyes del Consejo de la Magistratura Nros. 24.937 y 24.939, la Ley Orgánica del Ministerio Público N° 24.946 y la Acordada N° 14/98 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, aprobando el Reglamento para la elección de los Jueces y el Jurado de Enjuiciamiento.

Bs. As., 3/6/98

B.O.: 10/06/98

VISTO el Expediente N° 117.848/98 del registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario fijar el precio de venta al público de la Separata conteniendo las Leyes del Consejo de la Magistratura Nros. 24.937 y 24.939, y la Ley Orgánica del Ministerio Público N° 24.946; como también la Acordada N° 14/98 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, aprobando el Reglamento para la elección de los Jueces y el Jurado de Enjuiciamiento.

Que el precio propuesto por la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, es adecuado a los costos de producción gráfica, materiales y gastos administrativos que demanda la edición, como también a los valores del mercado.

Que es facultad del suscripto disponer en la materia, conforme lo establecido por el artículo 10 del Decreto N° 485/88, Decreto N° 1404/91, y la Resolución M.J. N° 006/96, artículo 2° Anexo II.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ASUNTOS TECNICOS Y LEGISLATIVOS

RESUELVE:

Artículo 1°-Fíjase en la suma de PESOS DOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 2.50) el precio de venta al público, por unidad, de la Separata conteniendo las Leyes del Consejo de la Magistratura Nros. 24.937 y 24.939, y la Ley Orgánica del Ministerio Público N° 24.946; como también la Acordada N° 14/98 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, aprobando el Reglamento para la elección de los Jueces y el Jurado de Enjuiciamiento, a editar por la Dirección Nacional del Registro Oficial.

Art. 2°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Gustavo A. Naveira.