Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

MAIZ

Resolución 429/98

Autorízase la producción y comercialización de la semilla y de los productos y subproductos derivados de esta provenientes de variedades e híbridos de maíz transgénico resistente a larvas de Lepidópteros.

Bs. As., 16/7/98

B.O: 21/7/98

VISTO el Expediente Nº 5073/98 del Registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, la Resolución Nº 289 del 29 de mayo de 1998 del Registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1º de la Resolución citada en el Visto se autorizó la liberación al medio de la semilla de maíz transgénico resistente a larvas de Lepidópteros, derivado del evento de transformación MON 810, previa presentación ante la COMISION NACIONAL ASESORA DE BIOTECNOLOGIA AGROPECUARIA (CONABIA) de la documentación requerida por la citada norma.

Que de la evaluación y análisis de los estudios presentados surge que el grano o los productos derivados del evento de transformación MON 810 son considerados tan seguros como cualquier otro derivado de maíces obtenidos por técnicas convencionales

Que ha quedado demostrado que el maíz resistente a larvas de Lepidópteros proveniente del evento de transformación MON 810 no es materialmente diferente en composición general, seguridad u otro parámetro relevante comparado con cualquier maíz obtenido por técnicas convencionales.

Que ha sido autorizada su comercialización y uso de productos y subproductos en: CANADA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA y la UNION EUROPEA.

Que la DIRECCION DE LEGALES del AREA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 2773 del 29 de diciembre de 1992 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION
RESUELVE:

Artículo 1°—Autorízase la producción y comercialización de la semilla y de los productos y subproductos derivados de esta provenientes de variedades e híbridos de maíz transgénico resistente a larvas de Lepidópteros, derivados del evento de transformación MON 810.

Art. 2º—Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.—Felipe C. Solá.