Secretaría de Política y Regulación de Salud

CONSEJO PROFESIONAL DE KINESIOLOGIA

Resolución 180/98

Creación. Integrantes.

Bs. As., 18/8/98

B.O: 25/08/98

VISTO el Expediente Nº 2002-2452/98-9 del registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido por el artículo 13 del Decreto Nº 1288/97 reglamentario de la Ley 24.317 es necesario contar con un CONSEJO PROFESIONAL DE KINESIOLOCIA cuyas funciones se establecen en la misma norma.

Que para la integración de dicho Consejo se tiene en cuenta la propuesta de la ASOCIACION ARGENTINA DE KINESIOLOGIA.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello,

EL SECRETARIO DE POLITICA Y REGULACION DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1º- Créase el CONSEJO PROFESIONAL DE KINESIOLOGIA el que será presidido por el Director de Registro y Fiscalización de Recursos de Salud, con las funciones establecidas en el artículo 13 del Decreto Nº 1288/97, Reglamentario de la Ley 24.137 del Ejercicio de Kinesiología.

Art. 2º- Desígnase como integrantes del CONSEJO PROFESIONAL DE KINESIOLOGIA a los siguientes profesionales: Doctores en Kinesiología y Fisiatría D. Guillermo Mario SCAGLIONE (D.N.I. Nº 14.927.859), D. Hugo RODRIGUEZ ISARN (D.N.I. Nº 4.413.556) y D. Rodolfo COVA (L.E. Nº 426.681), el Licenciado en Kinesiología y Fisiatría D. Ernesto SPAGNOLO REY (D.N.I. Nº 4.430.378) y los Kinesiólogos Fisiatras D. Claudio LIETI (L.E. Nº 5.407.152) y D. Alberto ELMI (D.N.I. Nº 4.370.327).

Art. 3º- E1 desempeño de los profesionales como integrantes del CONSEJO PROFESIONAL DE KINESIOLOGIA será con carácter honorario.

Art. 4º- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial. Cumplido, archívese.- Guillermo R. Bonamassa.