Dirección Nacional de Migraciones

MIGRACIONES

Disposición 5114/98

Apruébase el régimen especial de admisión de extranjeros comprendidos en el Programa de Intercambio de Estudiantes Universitarios/Terciarios promovido por Asatej S.R.L., conjuntamente con el Council of International Educational Exchange de los Estados Unidos de América.

Bs.As., 11/08/98.

B. O.: 26/08/98.

VISTO el Expediente DNM N° 209.690-1/96 c/agr. 206.979-6/97, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa ASATEJ S.R.L., solicita la aprobación de un régimen especial que permita a los extranjeros de todas las nacionalidades afectados al plan de intercambio estudiantil-laboral celebrado con el Council of International Educational Exchange de ingresar y permanecer en la República por un lapso no inferior a cuatro meses en el año (mayo a setiembre).

Que la actividad a desarrollar por los jóvenes comprendidos en el plan de intercambio, consiste en el desempeño de una actividad laboral, fruto de la búsqueda que el propio interesado efectuará como parte de su experiencia de vida.

Que la empresa solicitante funcionaría como organización cooperativa tanto en el reclutamiento y selección de estudiantes argentinos a enviar a los Estados Unidos de América, como en la asistencia de los estudiantes extranjeros durante su estadía en la República Argentina.

Que las instituciones involucradas en el Programa han acreditado suficiente solvencia y trayectoria como para garantizar la seriedad del proyecto a realizar.

Que la Subsecretaría de Asuntos Estudiantiles de la Universidad de Buenos Aires se ha adherido al programa de ASATEJ, declarándolo como de interés y beneficio para los estudiantes de esa casa de altos estudios.

Que el proyecto propuesto es merecedor de un tratamiento especial, tendiente a facilitar la obtención de visas de ingreso a quienes sean seleccionados para participar en él.

Que el programa puesto en marcha podría tener cabida en los términos de la Disposición DNM N° 19/94 aprobada por Resolución N° 3580/94 de la ex-Secretaría de Población y Relaciones con la Comunidad, la que encuadró a los extranjeros a ingresar en el marco de programas estudiantiles, en las previsiones del Art. 27 'in fine' del Reglamento de Migración.

Que la Subsecretaría de Población, en relación al programa de intercambio formulado por ASATEJ S.R.L., se ha expedido considerando comprendidos a los extranjeros involucrados en el Programa, en los términos de la Disposición DNM N° 19/94 ya citada.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES
DISPONE:

Artículo 1º- Apruébase el régimen especial de admisión de extranjeros comprendidos en el Programa de Intercambio de Estudiantes Universitarios/Terciarios promovido por ASATEJ S.R.L. conjuntamente con el Council of International Educational Exchange de los Estados Unidos de América.

Art. 2º- Considéranse incluidos a los extranjeros comprendidos en ese Programa en los términos de la Disposición DNM N° 19/94 aprobada por Resolución N° 3580/94 de la Secretaría de Población y Relaciones con la Comunidad.

Art. 3º- Si los extranjeros hubieren alcanzado la mayoría de edad, de acuerdo con la legislación vigente en el país de procedencia, deberán así acreditarlo en cuyo caso regirá a su respecto el Art. 4° de la citada Disposición DNM N° 19/94.

Art. 4°- Las obligaciones impuestas en el Art. 5° de la Disposición DNM N° 19/94 rigen aún cuando los extranjeros a ingresar fueran mayores de edad, debiendo además informar la entidad responsable acerca de la empresa donde cada estudiante efectuará las pasantías laborales.

Art. 5º- La presente comenzará a regir a partir del día siguiente de su publicación.

Art. 6º- Regístrese y comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Hecho, archívese. - Hugo A. Franco.