DESARROLLO SOCIAL
Decreto 1285/98
Ratifícase lo actuado por la
Secretaría de Desarrollo Social, en representación del Gobierno
Nacional en orden a la creación y participación en el Consejo Federal
de Desarrollo Social, y el convenio aprobatorio del Estatuto y del
Reglamento Interno de dicho Consejo.
Bs. As., 4/11/98
VISTO el Expediente Nº 1613/97, del registro de la SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y
CONSIDERANDO:
Que por las indicadas actuaciones tramitó la Resolución SDS Nº 786 del
12 de marzo de 1997, por la que se aprobó la actuación de la SECRETARIA
DE DESARROLLO SOCIAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION en orden a la
creación del CONSEJO FEDERAL DE DESARROLLO SOCIAL (COFEDESO), la
aprobación del proyecto de su Estatuto y del Reglamento Operativo, en
el marco del Convenio firmado por dicho Organismo y sus similares de
los Gobiernos Provinciales.
Que con anterioridad, el 17 de febrero de 1996, se había celebrado la
reunión de las máximas autoridades de las áreas de desarrollo social de
las jurisdicciones provinciales
conjuntamente con la SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL de la PRESIDENCIA
DE
LA NACION, con el objeto de acordar políticas sociales que permitieran
mejorar la situación social de los sectores más desprotegidos
de la población del país.
Que, más tarde, el 19 de julio de 1996, con la
presencia de las autoridades de las mismas
áreas de desarrollo social de las jurisdicciones provinciales, de la
Ciudad de Buenos Aires y de la citada SECRETARIA, se acordó la
creación del CONSEJO FEDERAL DE DESARROLLO SOCIAL (COFEDESO), con el
objeto de coordinar las acciones vinculadas
al desarrollo social en todo el ámbito del país
mediante el consenso de criterios de políticas públicas sociales entre
las diferentes jurisdicciones.
Que, finalmente, en una nueva reunión celebrada el 27 de agosto de 1996
se realizó una
Asamblea General en la Ciudad de Mendoza
en la cual se aprobó el Reglamento Operativo y el Proyecto de Estatuto
de dicho Consejo, en el cual se establecen las facultades y
atribuciones de cada uno de sus integrantes,
como así también sus objetivos relativos al
ámbito social.
Que mediante Convenio al efecto, todas las
jurisdicciones integrantes del CONSEJO
FEDERAL DE DESARROLLO SOCIAL
(COFEDESO), han aprobado el indicado proyecto de Estatuto, comprometiéndose a su
ratificación por parte de los competentes órganos de cada jurisdicción.
Que en tal sentido, resulta propicio la ratificación de lo actuado por la SECRETARIA DE
DESARROLLO SOCIAL de la PRESIDENCIA
DE LA NACION en el sentido expresado en
los considerandos anteriores.
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1
de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Ratifícase lo
actuado por la SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL de la PRESIDENCIA DE LA
NACION, en representación del
GOBIERNO NACIONAL en orden a la creación y
participación en el CONSEJO FEDERAL DE DESARROLLO SOCIAL, y el convenio
aprobatorio del
Estatuto y del Reglamento Interno de dicho Consejo, cuyas copias
autenticadas, como Anexo I, forman parte integrante del presente
decreto.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— MENEM. — Jorge A. Rodríguez. — Carlos V.
Corach.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 11/05/2020 N° 18161/20 v. 11/05/2020
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la
presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los
mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)